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Justicia y libertad

"Si alguien fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo". Albert Camus (1913-1960)

Si en educación fracasamos en conciliar calidad y equidad, fracasaremos en todo.

Sudoku educativo

Un pasatiempo de moda como imagen de integración socioeducativa del alumnado extranjero mediante un reparto escolar más equitativo.

El sudoku representa un modelo de belleza matemática al distribuir armónicamente los números de modo que no se repitan ni por filas, ni por columnas, ni por regiones de 3x3. Así se logra situar los dígitos del 1 al 9 de forma equilibrada, tanto desde la escala de cada cuadrante como desde el cuadro general con 81 casillas. A diferencia de los crucigramas, no es preciso esperar para verificar la corrección general porque la simple observación final, si se lo completa, demuestra la disposición perfecta.

A pesar de que existen 6.670.903.752.021.072.936.960 alternativas en su formato popular de 9x9, la simplicidad del juego que no requiere conocimientos matemáticos, así como la rápida mejora, provoca una estimulante adicción al rompecabezas que se realimenta con la satisfacción de resolver este absorbente desafío. El resultado final sitúa a los 9 números (pequeños, medianos o grandes según se miren) de modo que se apoyen desde la cercanía, cada uno exhibiendo su propia personalidad, su carácter y su identidad específica y exclusiva.

En la escuela el agrupamiento del alumnado en las clases es una cuestión clave. Las fórmulas de “clasificación” son variadas, desde grupos homogéneos en resultados académicos, e incluso del mismo sexo, hasta equipos diversificados según intereses, buscando apoyos discentes entre condiscípulos que se complementan en sus capacidades y competencias. Probablemente la mejor opción sea una pauta flexible, con reagrupamientos variables en función de la materia curricular, el momento académico y la intención pedagógica.

Por ello, sería preferible que todos los centros contasen con la inmensa diversidad que ofrece nuestro alumnado real, plural en sus orígenes familiares, lingüísticos, sociales y culturales, así como en sus inmensas capacidades potenciales y en sus contadas limitaciones que en grado variable se presentan en cualquier ser humano.

Todos los centros escolares de titularidad pública y concertada, es decir financiados con fondos públicos, debieran acoger a todo tipo de alumnado, acompañados de sus correspondientes y proporcionales refuerzos docentes especializados. No sólo para evitar la “guetización” étnica, social o lingüística de los más necesitados de educación, sino para que todo el estudiantado aproveche la grandiosa oportunidad de aprender de todos y entre todos. Didácticamente resulta enriquecedor contar con alumnado recién llegado, pleno de esperanzas e ilusiones, así como alumnado de necesidades educativas especiales, tan ejemplar en su esfuerzo por superar sus deficiencias sensoriales, físicas o psíquicas.

Las familias y los progenitores que buscamos lo mejor para nuestros hijos e hijas, así como el profesorado que desea el mejor entorno de aprendizaje, debiéramos exigir un porción alícuota de diversidad entre condiscípulos, a fin de que la infancia y la juventud aprendan a conocer y vivir en nuestra sociedad auténtica y en nuestro era cronológica. La calidad y la equidad de una red educativa, de un centro o de un aula se miden directamente por el grado de integración que ofrece a su comunidad escolar.

Algunos datos finales relativos a la Comunidad Autónoma Vasca relativo al último curso 2005-2005, que demuestran que no está enteramente solucionado nuestro “sudoku escolar”:

- La escuela pública escolariza al 48,6% del conjunto del alumnado de enseñanzas de régimen general.
- La escuela pública se ocupa del 61% de la educación especial, que representa el 3,3% del total.
- La escuela pública asume al 70% del alumnado inmigrante, que representa un 3.7% del total.

Versión final en: http://mikel.agirregabiria.net/2006/sudoku.htm

Summerhill: Escuela de felicidad


Explicar la utopía escolar de Summerhill es un serio reto para un educador. Sintetizar lo mejor de su proyecto es más factible.

Imagínese una escuela donde se cultiva la felicidad,… donde los alumnos son libres de ser ellos mismos, donde el éxito no es definido por los resultados académicos, donde quién eres importa más que lo que sabes, donde alumnos y maestros aprenden juntos, donde todo se organiza de forma democrática, donde cada persona tiene el mismo derecho de hablar y ser escuchada, donde la creatividad y la expresión propia no son reprimidas,…

La Escuela Summerhill (Colina de Verano) fue fundada en 1921 por Alexander Sutherland Neill. La descripción pedagógica y organizativa de tan compleja experiencia didáctica, e incluso la biografía de su fundador Neill, forman parte del currículo formativo de cualquier profesor contemporáneo. Resumirlas en unas líneas sería irreverente, por lo que como primera aproximación al pensamiento de Neill cabe citar los ilustrativos títulos de sus principales libros, donde difunde su proyecto y que marcan los grandes temas de la educación moderna.

A.S. Neill, que había actuado como periodista en diferentes medios editoriales, publicó durante todo su periplo docente numerosos textos, cuyos epígrafes marcan los hitos de su progreso profesoral a lo largo de su vida que transcurre entre 1883 y 1973. Sus primeros libros son “A Dominie´s Log” (Diario de un profesor rural) y ”A Dominie´s Dismisset” (Un profesor acomodado), entre 1916 y 1917. Se muestra como un iconoclasta, que narra humorísticamente su profesión. Extendiendo que sus reflexiones eran tomadas en broma, editó “The booming of Bunkie” (El crecimiento de Bunkie) en 1919 y ”A Dominie in Doubt” (Un profesor en dudas) en 1921.

En 1920 fue elegido como co-editor de la revista “Educación para una Nueva Era”. Las siguientes obras fueron en 1924 “A Dominie´s Five”, que protagonizan sus alumnos, y en 1926 “The Problem Child” (El alumno problemático), donde enuncia su axioma de la libertad “neilliana”. Continúa en 1932 con “The Problem Parent” (El padre problemático), donde presenta la dialéctica familia-profesorado. Sigue una trilogía: En 1934, “The Modern School Handbook” (Manual de la Escuela Moderna); en 1936 “Is Scotland Educated?” (¿Está educada Escocia?), y 1937 “That Dreadful School” (Esa Escuela Terrible).

En 1938 publicó “The Last Man Alive. A Story from the age of Seven to Seventy” (El último superviviente, una narración para niños de 7 a 70 años). En 1939 escribió “The Problem Teacher” (El profesor problemático) y en el año 1945 “Hearts not Heads in the School” (Corazones, no sólo cabezas en la Escuela). En 1949, editó “The Problem Family” (La familia problemática); y en 1953, “The Free Child” (El niño libre).

El 7 de Noviembre de 1960, coincidiendo con la semana en la que John F. Kennedy fue elegido Presidente, publicó su libro ”Summerhill”, de considerable éxito. Fue prontamente incluido en las listas de obras recomendadas en más de 600 universidades. Sus dos últimas obras fueron “Talking of Summerhill” (Hablando de Summerhill) en 1967 y en el año de su muerte, 1973, aparecía su obra autobiográfica “Neill! Neill! Orange peel” (Neill, Neill, Piel de naranja, como le llamaba irrespetuosa pero cariñosamente uno de sus alumnos, equivalente a “maestro ciruela”).

A.S. Neill creyó que en Summerhill se alumbraba una nueva civilización. En todo caso, aquélla fue y seguirá siendo una escuela referencial donde reinaba la vida, la alegría y el entusiasmo. Desde el paradigma de la libertad en este mundo enloquecido, contribuyó decididamente a revivir la única gran esperanza: la Educación universal de calidad y en equidad.

El lío de la LOE

Leo el lío lelo de la LOE, y loo a la leal aula. Allí ulula la ola de ellos y ellas. La olla de aquí, de allá y de Alá lanza el olé al óleo lila… de la vida.

Se ha repetido muy oportunamente que la Educación se parecía a la aventura de Cristóbal Colón: no sabía adónde iba, casi no alcanza su meta, nunca supo dónde había llegado, fue financiada con fondos públicos y, a pesar de o por todo ello, constituye el mayor descubrimiento de la Historia de la Humanidad.

La educación es un bien cada vez más preciado. Actualmente ya no existe ningún sector estratégico de futuro más trascendente que la educación en todas sus opciones y etapas. Por ello, unos la intentan convertir en una mercancía más sometida a las leyes del comercio, mientras otros desean que forme parte de una planificada estrategia de proselitismo social. Pero la educación, un anhelo de utopía que nunca debiera ser instrumentalizado, es mucho más: Es un derecho reconocido por la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, prerrogativa reconocida por los países firmantes de todo el planeta y potestad depositada en el alumnado y en sus familias.

Este compromiso explicitado afecta a toda regulación jurídica de la educación. La Declaración de la ONU exhorta hacia un modelo educativo orientado por la demanda familiar, y no por la oferta oficial como todavía lamentablemente subsiste en pleno siglo XXI, incluso en la Unión Europea. Vale la pena recordar textualmente el Artículo 26:

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Ojalá los políticos que debaten en el parlamento pudieran acercarse a la realidad de las aulas, especialmente en aquellos centros donde se enfrentan con los máximos desafíos de educar a los más especiales, a los más desfavorecidos y a los más recientemente llegados. Comprenderían que el debate no debe concentrarse en un pulso para acumular privilegios para unos, ni en poner trabas a la acción escolar de la competencia, sino en dotar a todos los centros de la mejor organización y de los debidos recursos para apostar por una educación de calidad y de equidad con fórmulas plurales siempre que cuenten con suficiente respaldo familiar y social.

Parafraseando a Albert Camus, quien señaló que “quien fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”, si la educación falla en articular la calidad con la equidad, como demuestran fehacientemente las evaluaciones internacionales PISA y TIMMS, naufragará por completo. Si la educación no es transgresoramente integradora, el saber como la riqueza seguirán segregadas en nuestra sociedad. No queda más esperanza colectiva que una educación de excelencia para todos. Este objetivo escolar, garantía de supervivencia individual y general, sí merece la máxima movilización de toda la sociedad civil.

Versión final en: http://mikel.agirregabiria.net/2005/lio-loe.htm

LOE: La Olvidada Educación

Un eclipsado debate tras 8 Leyes Orgánicas educativas aprobadas en 25 años. Demasiadas reformas para seguir distanciados de la Europa más avanzada.

La educación es una tarea generacional, prolongada a lo largo de la vida, que afecta intensivamente a los más jóvenes, en un inigualable esfuerzo colectivo donde participan familias, profesorado, alumnado y el conjunto de la sociedad. Todo ello requiere un marco político y administrativo consensuado, con vocación de larga permanencia en el tiempo para garantizar el máximo aprovechamiento de tan ingentes recursos humanos y materiales.

La educación es responsabilidad de la familia, que delega en la enseñanza parte de sus funciones. La formación se estratifica en etapas, desde la educación infantil hasta la formación profesional o la universidad, y en planos de actuación abarcando desde el autoaprendizaje, el aula, el centro, la red o el sistema global. En el Estado español, con las competencias educativas transferidas a las Comunidades Autónomas, una nueva Ley Orgánica de Educación (LOE) ha despertado un doble debate, interno entre docentes y público donde se enfrentan algunas visiones opuestas (asignatura de religión, concertación de centros privados,…).

El proyecto de LOE presentado por el Ministerio de Educación y Ciencia para su tramitación en el Congreso ha sido calificado de muchas formas, según la perspectiva de los analistas. Puede definirse como un texto reducido, no excesivamente pormenorizado ni intervencionista, que busca soslayar los mayores escollos con los sectores más influyentes sin negar su inspiración “socialista”. Quizá la LOE sea una concreción del “talante Zapatero”, que -con paradojas y contradicciones- busca la máxima mayoría parlamentaria.

Repasemos algunas inconsistencias. En la exposición de motivos, declara que las evaluaciones internacionales recientes, como PISA (trianual) y TIMMS (cuatrianual), ponen de manifiesto que es posible combinar calidad educativa con equidad en su acceso, pero la LOE ni propone mecanismos urgentes de mejora (que obligarían a una mayor inversión), ni menciona las “devastadoras conclusiones del Informe Pisa” que denuncia el Consejo de Estado de Educación, máximo órgano consultivo que en su preceptivo dictamen proclama: “Parece como si el anteproyecto tratara sólo de modernizar el sistema educativo y no de corregir tendencias a la baja calidad que son de dominio público y preocupan a la sociedad…”.

Entre las incoherencias, sobresalen algunas. Propone el carácter “complementario” de las redes escolares pública y concertada, porque reconocer la “subsidiariedad” sería impresentable en nuestra realidad educativa continental, aunque luego en el articulado separe tajantemente entre centros públicos y centros sostenidos con “fondos públicos” (que incluiría a los privados concertados). Igualmente se pregona la autonomía de los centros docentes, pero no se facilitan instrumentos para ello en la escuela pública. Presume como gran novedad un área de “educación para la ciudadanía”, sin que se sepa quién impartirá tan difuso y discutible contenido.

En su última redacción ha incorporado el “esfuerzo individual de los alumnos”, como uno de los principios de la educación y como uno de sus fines “el mérito y el esfuerzo personal”. Este eslogan de la LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación) era uno de los aspectos más rescatables de la ley del PP, y aunque el PSOE se negaba a destacar su presencia, al final la obviedad se ha impuesto. Afortunadamente en la disposición final primera se pregona que el primer deber básico de los alumnos es… estudiar (lo que lamentablemente parece pertinente por un inexplicable olvido muy extendido).

El porcentaje de contenidos básicos de las enseñanzas básicas, 55% en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial y 65% para las restantes, ha sido otro punto de polémica política artificial en prensa. Los educadores sabemos que la realidad escolar del siglo XXI exige un núcleo planetario absolutamente común (no en el Estado, ni en Europa siquiera), que es lo que se mide en las evaluaciones internacionales (matemáticas, ciencias, primera lengua,…). Igualmente sólo alguien ajeno a la práctica docente puede negar la indispensable adecuación curricular que desde la escala no sólo autonómica, sino de centro, de profesorado, de aula y de cada miembro del alumnado ha de programarse.

Otra espinosa controversia se centra en la enseñanza de la religión. La disposición adicional segunda comienza desacertadamente: “La enseñanza de la religión se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre el Estado español y la Santa Sede,…”. Pareciera que la enseñanza religiosa no fuese una frecuente demanda familiar, de un alto porcentaje de madres y padres que la consideran esencial. Su deseo legítimo, al igual que el de quienes prefieren que sus hijos e hijas no reciban enseñanza confesional alguna, debe ser garantizado, al igual que los derechos de los docentes de estas materias. La opción más aceptable sería una materia de oferta obligatoria en todos los centros en sus versiones confesional (de todas las iglesias con representación significativa) y no confesional, para la aceptación voluntaria por parte de las familias. Debiera ser evaluada didácticamente para su notificación familiar, aunque no computable a ningún efecto académico (becas, promoción,…). El apartado 3º, que otorga a la entidad religiosa la condición de empleador y establece el pago delegado, no parece satisfacer ni al profesorado implicado, ni a las jerarquías eclesiásticas, por lo que parece inviable semejante variación unilateral de empleador cuando ni el receptor ni los trasferidos lo asumen. También sería de justicia la equiparación académica y salarial de este colectivo que reúne a más de 17.000 docentes en el Estado.

Entre sus cualidades, la LOE se destaca porque simplifica la proliferación de leyes educativas y de sus correspondientes reglamentos emitidos desde 1990, derogando -además de otras leyes menores- la LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990), la LOPEG (Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes de 1995), y la LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación de 2002). La litigada LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación de 1985), corrigiendo algunos de sus excesos, queda drásticamente reducida a una cincuentena de artículos (de sus 63 artículos iniciales), e incluso también son abolidos o reformulados muchos apartados de los artículos vigentes por la disposición final primera del anteproyecto. Desafortunadamente, el anteproyecto delira cuando, en su apartado 5º de la citada disposición, introduce un disparatado y encubierto derecho a la huelga del alumnado menor de edad, que ni respeta las responsabilidades, derechos y deberes de los padres, ni mejora la participación discente en la organización escolar. Debería suprimirse este enunciado, sin perjuicio de recoger adecuadamente el derecho de reunión en el centro escolar, respetando los horarios de actividad y los derechos de cuantos constituyen la comunidad educativa, previa comunicación a la dirección o de acuerdo con ella.

Las preconizadas “evaluaciones de diagnóstico”, al finalizar el segundo ciclo de Primaria (10 años) y al concluir el segundo curso de la Secundaria obligatoria (14 años), pueden ser reconocidas como puntos positivos por su carácter formativo y orientador, sin la estricta connotación de reválida (que la LOCE promulgaba) y que al medir currículos (y no competencias) podría condicionar y uniformar excesivamente la necesaria autonomía docente para atender a la diversidad discente. De este modo, queda una medición objetiva de la Primaria, antes de su tercer ciclo, y otra graduación en la crítica edad intermedia de la ESO, cuando en 3º parece que muchos de nuestros estudiantes encuentran súbitamente todos los obstáculos en lo que parecía un generalizado progreso modélico. Más dudosa es la supresión de la PGB (Prueba General de Bachillerato), prevista en la LOCE y común en toda la Unión Europea (salvo en Grecia y Portugal).

El retardo de los itinerarios hasta 4º de la ESO es oportuno y paneuropeo, cuando aparecen tres materias de modalidad y algunas optativas, retrasando el prematuro adelanto de la LOCE. Igualmente resulta conveniente la suavización en el número de asignaturas no superadas para promocionar de curso, porque nuestro retardo medio no mejora ni la calidad ni la equidad, y porque son más efectivas las medidas de refuerzo dirigidas hacia la superación final. El clamor contra la “promoción automática” ni es exacta, ni se corresponde con la reglamentación de los países de referencia educativa.

El reagrupamiento en tres bachilleratos de Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, y Artes es acertado. La fusión en el primero de ellos de los antiguos Bachilleratos de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud junto al de Tecnología era necesaria, y debería servir para incrementar el flujo hacia esta modalidad. Únicamente entre las materias comunes del Bachillerato, previstas en el artículo 34, debería incorporarse el metalenguaje omnipresente de una “Matemática Aplicada”.

Las insuficiencias de la LOE son variadas. El avance que supone la declaración de carácter educativo de los dos ciclos de Educación Infantil (superando el anacrónico nombre de Preescolar que reitera el PP), queda desdibujado por no abordar este período en tres ciclos bianuales (como todo el resto de la educación hasta el diseñado en el Espacio Europeo de Educación Superior). La espuria razón para este lastre es la inercia anterior y la insuficiente financiación dedicada a esta etapa, que da lugar a discrepancias totales entre Administraciones Educativas donde se retarda Andalucía (única con tasas de escolarización menor del 90% de la población de 3 años), mientras el País Vasco supera el 90% incluso de la infancia de 2 años. La gratuidad promulgada por la LOE del segundo ciclo de Infantil (3-6 años) es una mejora sólo para las Comunidades más retrasadas, mientras que las demandas sociales en edades más precoces ya se desbordan en las Comunidades mejor financiadas. En esta etapa, la subsidiariedad de la concertada se manifiesta en el artículo 15, en donde se garantizan una oferta suficiente en los centros públicos (además sólo con un incremento progresivo desde la situación actual), mientras que apenas se esboza que “podrán establecerse conciertos con centros privados”.

Son meramente declarativas y sin previsiones las apuestas por la mejora de los idiomas (foráneos y oficiales), que la LOE sigue sin apoyar más decididamente, o el aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación, donde nuestro retraso pedagógico comparado es deprimente. Igualmente las bibliotecas escolares quedan simplemente citadas y no incentivadas.

La participación de las familias podría acrecentarse asegurando, en función de la edad del alumnado, porcentajes no inferiores a un tercio de padres adicionalmente a un sexto de alumnos, en el artículo 126 sobre la composición del Consejo Escolar, para mostrar quiénes son los destinatarios que justifican todo el servicio educativo.

Respecto a la equidad escolar, el creciente alumnado (propio y extranjero) con necesidad específica de apoyo educativo por origen o minusvalía (sensorial, síquica o motora), e incluso el de altas capacidades intelectuales, sigue en la ambigüedad o en la inseguridad al asegurarse que las dotaciones para centros públicos y concertados serán las mismas (artículo 72), mientras que simultánea y posteriormente en el artículo 112, de medios materiales y humanos, se distinga sutilmente entre sus apartados primero y siguientes. Inicialmente se menciona expresamente a los “centros públicos” como aquéllos que deben ser dotados por las Administraciones Educativas, mientras en los restantes párrafos sean los “centros” genéricos los que atiendan a alumnado de educación especial,… Este artículo debiera incorporar el detalle de referirse en todo momento a los “centros sostenidos con fondos públicos”.

Preocupante resulta el matiz establecido en el artículo 84, relativo a la admisión de alumnos, donde se cita que “las Administraciones educativas realizarán una programación adecuada de los puestos escolares gratuitos que garantice el derecho a la educación”, pero sin mencionar la libertad de elección que corresponde a las familias. En ese mismo artículo, falta la inclusión de un criterio que facilite la continuidad pedagógica en un mismo centro, tanto en el caso de titularidad pública como no pública. En el artículo 88, sobre garantías de gratuidad, sigue sin aparecer el coste de los servicios complementarios de transporte y comedor, que debieran recibir un tratamiento similar en todos los centros sostenidos con fondos públicos.

Tampoco se acomete en esta oportunidad un refuerzo de la formación inicial del profesorado de enseñanza infantil, primaria y secundaria. La convergencia de las condiciones laborales, profesionales y económicas del profesorado y del personal no docente, tanto de centros públicos como concertados, queda en el limbo de los deseos, con una confusa cita en el apartado 117.4 donde turbiamente se sugiere “posibilitar la equiparación gradual de la remuneración (del profesorado concertado) con la del profesorado estatal (sic)”. Como si no existiesen diferencias salariales, incluso entre funcionarios docentes (respecto al “profesorado estatal”, sólo el redactor sabrá a qué se refiere en niveles no universitarios). Por último, en el capítulo del profesorado, la disposición transitoria segunda podría extenderse más allá del 4-10-2010 el régimen de jubilación voluntaria de los mayores de 60 años, a fin de rejuvenecer las plantillas docentes.

Lo peor es el mantenimiento de un sistema educativo basado en la oferta, y no en la demanda familiar (artículo 109. 2). La misma consideración de la educación como “servicio público”, quedaría mejor expresada como “servicio esencial” o de “interés general”, con independencia de la titularidad pública o concertada del centro elegido por los progenitores (situación a la que más se acerca en el Estado la Comunidad Autónoma Vasca, por tradición y financiación). El progreso hacia un sistema cooperativo, prestado por centros públicos y otros de iniciativa social, se entorpece cuando se desiguala por titularidad, como en el artículo 122.3 donde se concede que sólo los centros públicos podrán obtener recursos complementarios. Esto es apropiado y novedoso, pero debiera abrirse en las mismas condiciones a todos los centros “sostenidos con fondos públicos”.

Resulta aberrante el apartado 3 del artículo 109: “En la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán (sic) las exigencias derivadas de la consideración de la educación como servicio público, con los derechos individuales de alumnos, padres y tutores. Asimismo, conciliarán (sic) la libertad de elección de centro con el principio de equidad, atendiendo a las limitaciones materiales derivadas de la capacidad de los centros y de las consignaciones presupuestarias existentes y al principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos (sic)”. Discrepamos profundamente de que la economía impida derechos fundamentales, o que éstos queden restringidos por inciertas razones de supuesta eficiencia. Nefastamente, en la redacción actual el Estado parece erigirse como único titular originario del derecho a la educación, quedando las familias y los centros educativos reducidos a concesionarios de tal derecho. A todos nos conviene que los padres defendamos nuestro derecho a escoger el tipo de educación que preferimos, incluida la formación moral y religiosa que responda a nuestras convicciones.

Nadie discute la necesidad de una reforma educativa, cuando los datos negativos se acumulan en informes internacionales o en comparativas de fracaso escolar. El optimismo para que podamos competir con los mejores debe partir del máximo realismo sobre nuestra posición de partida, así como de un amplio y comprometido enfoque comunitario. Una Pedagogía del Éxito entraña que las familias y los educadores mantengan expectativas positivas sobre las capacidades de sus hijos y alumnos, para afrontan motivada y conjuntamente tan decisiva tarea, solventando los problemas crónicos con ilusión y apoyo social.

Concluyendo: Conviven en el Estado sistemas educativos muy diferenciados que la LOE debiera impulsar y desarrollar mirando hacia lo mejor de Europa, nunca uniformar por abajo. En general, nuestras posiciones educativas son mediocres o insuficientes respecto a la Unión Europea, y entre los países de la OCDE. No es algo de extrañar, dado que socio-culturalmente, económicamente y en esfuerzo educativo (interés familiar y porcentaje del PIB) no destacamos especialmente hasta la fecha.

Sólo cuando la ciudadanía presiona electoralmente, los poderes públicos y los dirigentes políticos otorgan la merecida atención, prioridad y recursos a la educación, a la universidad y a la investigación. Es el tiempo de los hechos. Rige un lema magistral: 'Si alguien cree que la educación es cara, que pruebe con la ignorancia'. Nuestro futuro individual y colectivo, a corto, medio y largo plazo, depende básicamente de nuestra apuesta educativa. Ojalá el debate sobre la LOE nos permitiese advertir la trascendencia de lo que está en juego.

Versión final en: http://mikel.agirregabiria.net/2005/loe.htm

Sorteo de pisos

La absurda injusticia aleatoria del sistema de sorteo para distribuir pisos sociales en propiedad.

¿Alguien podría imaginar que los impuestos se pagasen en combinación con la lotería? ¿O que las subvenciones del próximo año se rifasen con el sorteo de navidad?

Obviamente la justicia equitativa y distributiva es incompatible con el azar. Sin embargo, las administraciones públicas recurren habitualmente a la suerte para repartir una falsa y arbitraria solidaridad. Resulta espeluznante ver esos estadios de gente expectante donde se rifan unos escasos pisos sociales. Sólo unos pocos salen con un piso de protección oficial bajo el brazo, lo que resuelve sus vidas y eleva notablemente su calidad de vida, mientras la mayoría se marcha cabizbaja a la espera de la próxima rifa o a hipotecarse durante 35 años.

¿Tiene algún sentido de equidad mezclar la suerte con el derecho a una vivienda digna? ¿No sería más razonable gestionar sistema de alquiler social controlado para todos los que lo necesiten, que beneficiar sobremanera a unos pocos con precios regalados mientras la mayoría se queda sin nada?