El decálogo se competa con estos parámetros que expondremos más sucintamente, por estar vinculados a las diferentes categorías de usuarios o compradores, al igual que en el sexto consejo.
Séptimo Criterio: Necesidad o no de contar con un concesionario cercano. Todos los vehículos, eléctricos puros o no, necesitan asegurar eventuales reparaciones en algunos talleres especializados o centros de servicio, pero ello no significa el "concesionario" convencional.
El concepto tradicional de "concesionario" es algo obsoleto, si funciona sobre la base de ser un intermediario que compra a la marca y vende al usuario. Las nuevas marcas están recurriendo a la venta directa hasta los compradores finales, incluso asumiendo la financiación, algo óptimo y sin eslabones interpuestos.
Pero todavía hay muchos potenciales compradores que confían en determinadas marcas y en ciertos concesionarios, atribuyéndoles a estos últimos incluso la función de que les asesoren, sin entender que son juez y parte.
En la actualidad y para los Vehículos Eléctricos, basta red de Service Center (que no concesionarios), como la que están desplegando con gran celeridad marcas como Tesla, MG,…