¿Son legales estos planes de vuelo sobre urbanizaciones con alta densidad de población? Porque sí son espectaculares sus pasadas a baja cota y las hemos fotografiado muchas veces, pero también parecen arriesgadas con todo tipo de aviones (fotos de la Patrulla Águila, hidroaviones Canadair sobre los tejados, de transporte como el del vídeo anexado,...). También ha habido graves accidentes previos que demostraron un control insuficiente sobre algunos vuelos.
¿Alguien tiene la respuesta sobre la seguridad de estos vuelos a tan baja cota y la normativa que los regula? Forman parte de las habituales escenas veraniegas en Pilar de la Horadada (Alicante), en las cercanías de la base militar de San Javier (Murcia). El vídeo es del 27 de julio de 2011, y otras imágenes del verano anterior.
¿Alguien tiene la respuesta sobre la seguridad de estos vuelos a tan baja cota y la normativa que los regula? Forman parte de las habituales escenas veraniegas en Pilar de la Horadada (Alicante), en las cercanías de la base militar de San Javier (Murcia). El vídeo es del 27 de julio de 2011, y otras imágenes del verano anterior.
2 comments:
No puedo hablar por el Pilar de la Horadada pero en San Javier hay un aeropuerto y base militar dedicada a la instrucción.
Como usted comprendera un avión no puede bajar como una piedra y necesita realizar una senda de aproximación, por lo que es inevitable que sobrevuele la zona a baja altura. Recordar que la Base Aerea de San Javier , y su precursor el campo de vuelo de Los Alcazares existen desde muchísimo antes del boom urbanístico y turístico. Asi que estamos en un caso en que los aviones estaban primero y las casas llegaron después.
Aun asi se extreman las precauciones y la mayoria de vuelos de enseñanza se realizan en zonas sobre el mar, pero claro hay cosas como las maniobras de aproximacion, los circuitos y las tomas tipo motor y al aire que por fuerza tienen que realizarse sobre tierra.
En cuanto a la normativa no le quepa duda que el Ejercito del Aire la cumple de la forma mas estricta. Y el que dude de ello, primero que se lea el Reglamento de circulación aerea general y circulación aérea operativa, y si tiene pruebas de alguna infracción que la notifique a la DGAC.
¡Gracias, John, por su comentario!
Comprendiendo sus observaciones, lógicas que como físico acepto, he de observar que los vuelos de los que se habla no son en línea de aproximación (que se hace por mar o en la ruta de los aviones comerciales) que pasan a gran altura sobre nuestras cabezas.
Nos referimos a vuelos a cotas de menos de 1000 pies en una zona cercana, densamente poblada, de donde se desprende nuestra preocupación.
Gracias por compartir su experiencia y sabiduría. Saludos cordiales.
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