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La religión en la escuela

Mikel Agirregabiria / Pedro Pablo Arrinda [1]

La enseñanza de la Religión ha cambiado de estatuto y de orientación con la nueva Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE). Este artículo, basado en los datos recopilados por el profesor Rafael Artacho, analiza esos cambios y propone un camino para configurar una enseñanza de la Religión dentro del Sistema Educativo Vasco. La Religión en la escuela ha sido una de esas asignaturas pendientes, irresuelta después de 25 años de transición política en el Estado español. Durante los años del régimen del General Franco la enseñanza de la Religión Católica en la escuela fue una asignatura obligatoria para todos. El Estado era confesional y la escuela era confesional. La Constitución de 1978 consagró la libertad religiosa como un derecho fundamental, así como el derecho de los padres a elegir libremente la educación religiosa y moral de los hijos; un derecho del cual la Constitución hace garantes a los poderes públicos (Art. 27,3).

En este contexto tuvo lugar el 3 de enero de 1979 la firma de los Acuerdos sobre enseñanza y asuntos culturales entre el Estado español y la Santa Sede, introduciendo en la legislación tres novedades fundamentales: Primera, que esta enseñanza sería obligatoria en todos los Centros escolares, aunque de voluntaria elección por parte del alumnado (o de sus familias), sin que ello supusiera discriminación académica, ni para los que elegían seguir la asignatura ni para los que la dejaban. La segunda novedad era el profesorado no sería obligado a impartir la asignatura de religión. Y la tercera, la que se reconocía a la jerarquía episcopal el derecho de seleccionar y conceder o denegar la missio canonica para nombrar profesores de Religión, a fin de cubrir las plazas docentes de Religión Católica. Estas tres novedades de los Acuerdos dieron lugar a dos efectos prácticos, asentados durante años en la indefinición. El primer efecto fue la creación de una asignatura alternativa a la Religión Católica. Y el segundo, la creación de una plantilla de profesores de Religión en la escuela, nombrados directamente por el Ordinario de las diócesis. En principio, éstos tuvieron carácter de voluntarios, reclutados sobre todo entre catequistas parroquiales, independientes de cualquier titulación académica. Poco a poco, este grupo de “voluntarios suplentes” fue dando paso a un cuerpo de profesorado con un estatuto contractual y retributivo extraño y ajeno en lo previsto en las leyes de Función Pública.

Con la llegada de la LOGSE, ni el tema del currículo de Religión, ni el tema del profesorado lograron una solución adecuada. Fueron tres las objeciones que, repetidamente, se formularon contra la enseñanza de la Religión en la escuela y contra su estatuto como asignatura curricular. La primera impugnación aducía que se trataba básicamente de una situación de privilegio que los Acuerdos Santa Sede-Estado otorgaban a un grupo religioso determinado, en un Estado constitucionalmente no confesional. La segunda discrepancia radicaba en que para mantener este privilegio propio de algunos alumnos (los católicos), se obligaba a todos a mantener una asignatura adicional en el currículo (Religión o su Alternativa). El tercer reparo señalaba que la Religión es fundamentalmente una vivencia que no puede reducir su estatuto a lo exclusivamente académico.

Todo este cúmulo de hechos e interpretaciones hizo que la cuestión de la Religión en la escuela se presentara a la opinión pública como un asunto pendiente solamente entre la Iglesia y el Estado y no como una cuestión irresuelta de resolver dentro del propio sistema educativo. Este es el contexto en el que hay que situar la nueva regulación de la enseñanza de la Religión en la escuela, que realiza la LOCE, en su disposición Adicional Segunda, y que configura un nuevo modelo de enseñanza de la Religión. Se crea un área denominada Sociedad, Cultura y Religión, obligatoria para todo el alumnado, pero con dos modalidades: Enseñanza Religiosa Confesional o Enseñanza No Confesional de la Religión. En el primer caso (Enseñanza Confesional), el alumnado sigue cursos de Religión y Moral de cualquiera de las Confesiones religiosas, frente a quienes eligen la Enseñanza No Confesional, con un programa que les llevará al conocimiento tanto de los sustratos religiosos de la cultura actual de Occidente, como de las religiones que sustentaron las grandes culturas de la Humanidad.

¿Cuáles son las diferencias que la nueva situación presenta respecto de la LOGSE? En primer lugar, está en la estructura del área. La LOCE establece un área curricular de Sociedad, Cultura y Religión, universal y obligatoria para todos, creyentes y no creyentes. Confesional o No Confesional son pura y simplemente diferentes modalidades de un único currículo. En la LOGSE mientras unos alumnos seguían el currículo de Religión, otros realizaban alguna actividad alternativa. Otra diferencia estructural es que el seguimiento del currículo de Sociedad, Cultura y Religión en cualquiera de sus formas, queda reflejado con esta denominación en el expediente académico del alumno y consignados los resultados de su evaluación.

La innovación de la estructura curricular en la enseñanza de la Religión es consecuencia de una innovación de mucho mayor alcance: la configuración jurídica. En la LOGSE -también en la Disposición Adicional Segunda- la enseñanza de la Religión en la escuela se sustentaba, como base jurídica, en la referencia a los Acuerdos sobre enseñanza y asuntos culturales firmados entre el Estado español y la Santa Sede. Naturalmente, estos Acuerdos sólo eran válidos para la enseñanza de la Religión católica por lo que el texto de la LOGSE se hacía extensible a otros posibles Acuerdos que se pudieran establecer entre el Estado español y otras confesiones religiosas que vinieron después. La LOCE, por su parte supone una configuración jurídica de la enseñanza de la Religión: La existencia de un Área de Religión se establece en cumplimiento del precepto constitucional que obliga a los poderes públicos a garantizar la libre educación religiosa y moral de los ciudadanos. La base jurídica no está, pues, en los Acuerdos sino en la propia Constitución.

Pero hay dos puntos débiles en la ordenación legal de la enseñanza de la Religión diseñado en la LOCE. Se trata, en concreto, de la Evaluación de la asignatura, y del profesorado responsable de impartir los programas de Religión Confesional como No Confesional. Los Decretos sobre el currículo de la LOGSE convirtieron la Religión en una asignatura no evaluable. Se argüía que una vivencia no debía ser objeto de evaluación académica. Quien así argumentaba entonces, desconocía que la naturaleza de la enseñanza escolar de la religión, se diferenciaba -al menos oficial y teóricamente- de la catequesis desde 1979. Para evitar la discriminación académica se estableció que la nota de religión no concurriese a la hora de establecer la nota media a efectos supra-curriculares.

Creemos que suprimir la evaluación es desnaturalizar el carácter de disciplina escolar de un área de conocimiento. La valoración con notas ofrece una función reguladora y orientadora en la propuesta y en el logro del aprendizaje. Eliminar la evaluación equivaldría a hacer inoperantes las metas del aprendizaje. Cualquier menoscabo de la evaluación de la nueva área de Sociedad, Cultura y Religión llevaría irremediablemente a convertirla en una asignatura ‘maría’, reducto de mojigaterías bienintencionadas más propias de beaterio que de la institución escolar. Por ello, nuestra opinión es que esta área curricular debe ser evaluable, con informe a las familias como en cualquier otra asignatura, pero no computable a efectos extraacadémicos de expediente escolar, tales como la obtención de Becas o de Selectividad (o Prueba General de Bachillerato), como en la etapa LOGSE, dado que las diferentes opciones no confesional o confesionales en sus distintas religiones ofrecen variantes que no pueden asegurar un criterio equitativo, más aún por la procedencia múltiple de su respectivo profesorado.

Éste es el segundo problema que afecta al área de Sociedad, Cultura y Religión en la escuela: la cuestión del profesorado. El profesorado actual que imparte Religión Confesional se rige ante todo por los Acuerdos establecidos entre el Estado español y las diferentes Confesiones religiosas. Pero la situación legal es distinta según se trate de los profesores de la Religión Católica, o de los profesores de Religiones pertenecientes a las Confesiones judía, islámica o evangélica, que son las que en este momento tienen un concierto con el Estado. Los profesores de Religión católica son propuestos cada año por la jerarquía católica y establecen una relación contractual con las administraciones educativas. En general, en estos Acuerdos la enseñanza de la Religión en la escuela no se considera como parte del currículo, y en consecuencia no existen ni requisitos, ni derechos en el régimen de este profesorado. Es evidente, a la vista de los datos que la normalización de la situación del profesorado de Religión Confesional constituye un requisito indispensable para la normalización real y efectiva de la asignatura.

Parece legítimo, por una parte, que los responsables de las diferentes confesiones religiosas mantengan competencias en la gestión del currículo y el nombramiento, valoración y seguimiento de los profesores que imparten la enseñanza de su confesión religiosa. Pero, desde la nueva situación de la enseñanza de la Religión y desde los fines de la escuela es igualmente exigible que se trata de una responsabilidad compartida con el Estado, o mejor con los Gobiernos autonómicos que ya disponen de plenas competencias educativas, en una situación de trasferencias escolares muy diferente de la que regía en 1979. Por tanto, la Administración Educativa no puede inhibirse de su responsabilidad en un especie de subcontrata acordada con las jerarquías religiosas. Una de las fórmulas para compartir esta responsabilidad entre el Estado y las Confesiones Religiosas podría ser el modelo vigente en Italia. Allí los profesores de Religión deben de acreditar su preparación en materia de Religión y Moral y su Didáctica específica, ante las autoridades religiosas; y deben de probar su competencia pedagógica escolar ante las autoridades educativas. Sólo en el caso de demostrar su competencia ante las dos instancias una candidatura puede tener acceso a la función pública como profesorado de Religión. Así mismo, la Administración Educativa debe asegurar por su parte que este profesorado debidamente homologado disponga de unas condiciones laborales y salariales similares a las del resto de los componentes de los claustros docentes.

En cuanto al profesorado de Religión No Confesional, encomendar, sin más esta asignatura, al profesorado de Ciencias Sociales o Filosofía sin haber recibido una preparación específica sería un acto de irresponsabilidad. Por tanto, consideramos conveniente que se estableciesen unos mínimos de competencia profesional para que los profesores de estas áreas se responsabilicen de la Religión No Confesional. Para ello se articularían cursos de habilitación específica para el profesorado en ejercicio, y un área propia en la formación inicial impartida en las Facultades Universitarias o en los Centros de Formación del Profesorado, definiendo los estudios conducentes a la obtención de un “Certificado en Ciencias de la Religión No Confesional”.
A modo de síntesis final, concluiríamos que la presencia de la religión en la escuela es un caso paradigmático de problemática educativa, que sobre la base de una realidad asentada en décadas anteriores obliga a un esfuerzo de innovación para prestar un óptimo servicio a la sociedad y a las familias de cada etapa histórica. Son condicionantes de peso la presencia curricular en formato de una asignatura confesional optativa y un núcleo significativo de profesorado especializado en condición precaria e inestable. En un sistema educativo que se re-escribiese desde cero, quizá fuera preferible una única área curricular troncal, común, no confesional, obligatoria, evaluable y computable que persiguiese objetivos cognitivos, actitudinales y afectivos de educación en valores éticos, impartida por especialistas en “Sociedad, Cultura y Religiones”, que se complementarse por voluntarias catequesis externas o incluso internas, pero optativas y en horario extraescolar, aunque fuesen programadas regularmente por centros escolares con ideario religioso.

Por último, la enseñanza de la(s) Religión(es) posee entre otras, una función de integración social, sobre todo en una sociedad multi-religiosa. Para ello serían necesarios unos pactos básicos de las Confesiones entre sí y con la Administración Educativa, orientados a la aceptación de principios comunes que garanticen la contribución de estas enseñanzas a la función integradora de la sociedad intercultural. El primer acuerdo iría orientado a garantizar dos objetivos: Primero, que todos los alumnos tengan la posibilidad de adquirir unos conocimientos mínimos de las religiones diferentes a la opción confesional cuyo currículo está siguiendo. Y, segundo, garantizar el ejercicio del diálogo y el intercambio entre alumnos de diferentes confesiones, y su participación en proyectos sociales comunes. Ello supondría, evidentemente, una renuncia expresa a cualquier planteamiento proselitista o apologético, aunque no excluye, naturalmente, la adecuada justificación racional de las propias opciones de fe. Cada Religión debe ser plenamente consciente de que la escuela es un espacio público compartido con el resto de las confesiones religiosas y con opciones agnósticas, donde se forma conjuntamente una comunidad escolar con creyentes de distintos credos y con quienes no profesan ninguna Religión.

Miembros de la Asociación de Profesorado http://www.irakasten.org/
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Eskola eta erlijioa

Mikel Agirregabiria / Pedro Pablo Arrinda
Erlijioaren irakaskuntzak bestelako estatutu eta helburuak ditu orain, LOCE Hezkuntza Kalitatearen Lege Organiko berria dela medio. Artikulu honetan, Rafael Artatxo irakasleak bildutako datuetan oinarriturik, aldaketa horiek aztertu ditugu eta Euskal Hezkuntza Sisteman erlijioaren irakaskuntza berritzeko bidea proposatzen dugu. Espainiako Estatuan, 25 urteko trantsizio politikoaren ondoren, erlijioaren irakasgaia konpondu gabeko kontu bat da. Francoren agintaldian, erlijio katolikoa guztiei nahi eta nahi ez erakutsi beharreko irakasgai bat izan zen. 1978ko Konstituzioak, aldiz, erlijio askatasuna funtsezko eskubidetzat jo zuen eta gurasoei seme-alaben heziketa erlijioso eta morala aukeratzeko askatasuna eman zien; Konstituzioak dio, gainera, eskubide horiek botere publikoek babestu behar dituztela (27.3 artikulua). Egoera hori zela, 1979ko urtarrilaren 3an, Estatuak eta Vatikanoak irakaskuntzari buruzko akordioak egin zituzten. Eta hiru kontu berri ekarri zituzten: 1.) Ikastetxe guztietan irakasgaia derrigorrezkoa izatea erabaki zuten, baina hautazkoa izan behar zuen ikasleentzat (edo haien familientzat), eta eskolan inor ez zen baztertu behar irakasgaiari heltzea edo muzin egitea erabakitzeagatik. 2.) Irakasleek ez zuten zertan erlijioa irakatsi. 3.) Eskolan erlijioa irakatsi beharreko irakasleak aukeratzeko eskubidea Elizari aitortu zitzaion. Akordio horiek, beraz, Erlijio katolikoaren ordezko irakasgai bat ekarri zuten, batetik, eta Elizak zuzenean aukeratutako irakasle sail bat, bestetik. Irakasleok, ustez, boluntarioak ziren, zeukaten titulazioa zeukatela katekisten artetik aukeratutakoak. Gerora, «boluntario» sail horretatik, kontratu berezia zuen irakasle talde bat sortu zen, Funtzio Publikoaren legeek ziotenaz bestera.

LOGSE legea etorri zen gero, baina ez zuen konpondu, ez modu itxurosoan behintzat, ez irakasleen kontua, ez erlijioa ikasketa planetan sartzekoa. Ikasketa planetan ez sartzeko, hiru argudio erabili ziren erlijioaren kontra: batetik, pribilegiozko egoera bat sortuko zen, Vatikanoaren eta Estatuaren arteko akordioek beste talde erlijiosoei aitortzen ez zietena aitortuko ziotelako talde jakin bati, Estatua ez baitzen konfesionala; bestetik, zenbait ikaslek (katolikoek) pribilegio hori izateko, gainerako ikasleak irakasgai bat gehiago izatera behartuko zituzten, Erlijioa edo haren ordezkoa izatera alegia, eta, azkenik, erlijioa ezin bide zen eskolako irakasgai hutsera ekarri, funtsean hori baino gehiago zelakoan. Hala, bada, LOCE legeak, bigarren xedapen gehigarrian, Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaia sortu du ikasle guztientzat, nahitaezkoa. Bi aukera daude, hala ere, horren barruan: irakaskuntza erlijioso konfesionala eta konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoa. Lehenengoan, sineste guztien erlijio eta moral ikastaroak ematen dituzte; bigarrenean, munduko kultura handien oinarri erlijiosoari buruzko programa bat lantzen dute.

Zer alde dago, beraz, oraingo legearean (LOCE) eta LOGSEren artean? Bateko, irakasgaiaren egitura bestelakoa da. LOCEk Gizartea, Kultura eta Erlijioa esparrua sortu du ikasketa planetan, eta sinestunak izan, sinesgabeak izan, guztientzat da nahitaezkoa irakasgaia. Konfesionala izan, konfesionalaz bestekoa izan, biak ikasketa plan beraren bi aukera dira. LOGSErekin, ikasle batzuek Erlijioa ikasten zuten; gainerakoek, aldiz, haren ordezko zerbait lantzen zuten. Besteko, Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaian ateratako notak ikaslearen eskola dosierrean ageri dira orain, izen horrekin. LOGSErekin, arestian aipatutako akordioei esker lantzen zen erlijioa; akordio horiek, ordea, erlijio katolikoari buruzkoak ziren bakarrik, baina LOGSEk beste erlijioak irakasteko ere baliatu zituen. LOCEren arabera, aldiz, erlijioarentzako tartea nahitaezkoa da, Konstituzioak hala aginduta; hala, herritarrek nahi duten heziketa erlijioso eta morala izateko modua egitera behartzen ditu Konstituzioak botere publikoak. Oinarri juridikoa, beraz, ez dago akordioetan, Konstituzioan bertan baizik.

Gure ustez, LOCEren arau sailak bi ahulgune ditu: irakasgaiaren ebaluazioa eta eskolak eman behar dituzten irakasleak, hain zuzen ere.

LOGSErekin, Erlijioa irakasgaitik kendu egin zituzten azterketak, 1979tik erlijioaren eskolako irakaskuntza mota eta kristau ikasbidea teorian, behintzat bat ez zirela jakin gabe. Azterketak kentzean, gure ustez, jakintza arlo horren irakasgai izaera ezabatu zuten, nolabait. Notak banatzeak irakaskuntzan jarraibideak eta arauak ezartzen laguntzen du. Horregatik, guk uste dugu irakasgai honen bi aukeretan azterketak egin behar direla eta gurasoei txostena bidali behar zaiela, gainerako irakasgaietan egin ohi den moduan. Baina, gure ustez, ez litzateke kontuan hartu behar eskola dosierrean sartzeko, bekak lortzeko eta Selektibitatearen ordezko Batxilergoko Proba Orokorra egiteko; izan ere, aukera konfesionala eta konfesionalaz bestekoa izanik eta konfesionalaren barruan hainbat erlijio izanik, ez da ziurtatzen irizpide zuzena erabiliko denik.
Horixe da Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaiak duen bigarren arazoa, irakasleena. Gaur egun horiek Espainiako Estatuaren eta erlijioen arteko akordioek diotenari jarraitzen diete, batez ere. Haien egoera juridikoa ez da bat; erlijio bakoitzaren baitan dago. Hala, ez da bera erlijio katolikoko irakasleen egoera eta judaismokoena, islamekoena eta ebanjelismokoena. Erlijio katolikoko irakasleak Eliza katolikoak proposatzen ditu urtero, eta haiek kontratu bidezko lotura izaten dute hezkuntza arloko administrazioarekin. Ondo iruditzen zaigu erlijioetako arduradunek ikasketa planean eskua sartzeko aukera izatea eta beren erlijioa irakatsi behar dutenak hautatzean eta haiei azterketak egitean zer esana izatea. Baina, eskolaren helburuak kontuan hartuta, aldi berean, exijitu egin beharra dago Estatuaren edo, zehatzago, hezkuntza alorreko eskumenak dituzten erkidego autonomoetako gobernuen ardura ere badela; ez alferrik, 1979koaren aldean, eskumen aldetik oso bestelakoa da hezkuntza arloko egoera. Beraz, Hezkuntza Administrazioak ezin dio muzin egin duen ardurari erlijio bakoitzeko buruekin azpikontratu modukoak eginez. Italian indarrean duten ereduari erreparatu eta hona ekartzea litzateke ardura hori partekatzeko modua: han, Erlijioa eta Morala irakasgaia emateko jantzita daudela erakutsi behar diete Erlijio irakasleek buru erlijiosoei; baina, aldi berean, eskolak emateko gai direla frogatu behar diete hezkuntza arloko buruei. Bi horiek frogatzen badituzte lor dezakete bakarrik irakasle postua. Era berean, Hezkuntza Administrazioak ziurtatu behar du irakasleok, behar bezala homologaturik, gainerako irakasleen pareko soldatak eta lan baldintzak dituztela.

Konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoko irakasleei dagokienez, arduragabekeria galanta da gaia erakusteko lana Gizarte Zientzietako eta Filosofiako irakasleen esku uztea prestakuntza berezia jaso ez badute. Hala, gure ustez, beharrezkoa da dagoeneko eskolak ematen dituzten eta irakasgaia eman nahi duten irakasleentzat propio ikastaro bereziak antolatzea, eta uste dugu, batetik, atal berezi bat sortu beharko litzatekeela irakasle eskoletan eta fakultateetan, ikasketak hasi bezain pronto irakasgaia lantzeko, eta, bestetik, konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoko nolabaiteko irakasle agiria ateratzeko aukera eman beharko litzatekeela, horretarako zen ikasi behar den zehaztuz.

Hezkuntza arloan arazo asko daude eta Erlijioaren kontua horren adibide argia da. Urteetan irakatsi izan da erlijioa, baina berritzeko ahaleginak egin beharra dago, unean uneko gizarteari, ikasleei eta gurasoei zerbitzu onena emango badie. Bi oztopo ditu, baina: bata, ikasketa planetan irakasgai konfesional bat izatea eta hori hautazkoa izatea; bestea, irakasle taldea nabarmena eta oso espezializatua izatea eta lan egoera kaskarrean egotea. Beharbada, hobe izango litzateke ikasle guztientzat irakasgai bakarra jartzea eta hura konfesionala ez izatea, nahitaezkoa izatea, azterketak egitea eta eskola dosierrean kontuan hartzea, baina ikasitakoa balio etikoetan oinarritua egotea, eskolak Gizarteak, Kulturak eta Erlijioak sailean jantzitako irakasleek ematea eta, hala nahi dutenentzat, eskola horiek eskolaz kanpoko orduetan kristau ikasbideko kanpoko edo barruko boluntarioek osatzea.

Erlijio(ar)en irakaskuntzak herritarrak erlijio anitzeko gizartean integratzeko zeregina dauka, besteak beste. Horretarako, ezinbestekoa da erlijioek beren artean eta Hezkuntza Administrazioarekin oinarrizko itun bat egitea, eta itun horrek kultura anitzeko gizartearen funtzio integratzailea bermatuko duen irakaskuntza ekarriko duten oinarri komunak onartzeko behar luke izan. Hala, ikasle guztiek beste erlijioei buruz oinarrizkoa ikasiko lukete eta erlijioen arteko hartu-emanak ziurtatuko lirateke. Noski, horrek eskolako guztien ikasketa planean proposamen proselitistak egiteari uztea ekarriko luke. Erlijio bakoitzak jakin behar du eskola denontzako lekua dela eta gainerako erlijioekin eta aukera agnostikoekin partekatu beharrekoa dela, hau da, bertan elkarrekin eskola komunitatea osatzen dutela suerte guztietako sinestunek eta inolako erlijiori jarraitzen ez diotenek.

Diez tendencias, previsiones y propuestas educativas

El debate educativo es escaso en nuestros tiempos, y aún más extraño si no está trufado de intereses políticos, económicos, corporativos, sindicales,... Abundan las opiniones contundentes, descalificatorias de quienes no piensan exactamente igual, propiciadas por la defensa de colectivos que no son exactamente los destinatarios del esfuerzo social que debiera estar dirigido solamente por la búsqueda de lo mejor... para el alumnado

Todo el mundo parece saber de educación, porque -y esto es bien cierto- todas las personas han recorrido trayectos educativos y, en muchos casos, han debido decidir sobre la educación de los suyos. Pero no es tan habitual disponer de una perspectiva más general, abierta y completa sobre la complejidad del extenso sistema educativo. Y, lo que es peor, aún habiendo muchos actores que sí disponen de tal capacidad, no todos ellos son capaces de hablar y escribir con sinceridad sobre sus conclusiones, por las consecuencias que se derivarían de su atrevimiento.

Con ánimo de aportar algunas ideas sobre la materia, en época de inicio de año, en plena madrugada, pensando quizá más como abuelo que como educador, con el máximo de honestidad, sin buscar ningún provecho personal, y sin temer nada por la franqueza, enumeraremos los que creemos son vectores de innovación educativa, enunciando la proyección, la predicción y la proposición en cada apartado.

Procuraremos equilibrar las expectativas en estas diez tendencias, previsiones y propuestas educativas, enfocadas hacia las enseñanzas básicas. Seremos relativamente optimistas en las tendencias, que quizá no se produzcan con la celeridad que señalamos. Corregiremos con algo de pesimismo las previsiones, porque son muchas las décadas en las que la inercia de los mecanismos educativos han frenado la innovación. Y, a modo de centralidad, intentaremos ser realistas en las propuestas, muchas veces iniciales o parciales, que convendría adoptar con urgencia. Esas medidas corresponderán no sólo a los poderes públicos y a la administración escolar, sino al conjunto de la ciudadanía.

Son visiones que se solapan, se entrecruzan y se potencian unas con otras, apuntando convergentemente hacia un futuro que podemos imaginar.
  1. Primacía del aprendizaje sobre la enseñanza. Si el siglo XX algún día será reconocido por ser la centuria de la educación, sin duda el siglo XXI lo será del aprendizaje (incluido el aprendizaje invisible) o de la "educación expandida". Esta querencia es tan perceptible como imparable, pero se enfrenta a toda una era de escolarización con currículos y estructuras diseñadas en el XIX y un profesorado del XX. La trayectoria a seguir es la apuesta decidida desde las familias y la sociedad por la conjunción del aprendizaje formal (en un sistema educativo renovado) con el creciente aprendizaje  informal y no formal. Este complemento educacional (el calendario escolar apenas cubre a lo sumo entre 950 ó 1.050 horas anuales de las 8.760 posibles), creciente por la implicación de otras instituciones y la digitalización que lo favorece, habrá de contar con mejor reconocimiento, validación y acreditación (como ya sugieren algunas Directrices de la UNESCO). En este concepto cabe la irrupción de emprendizajes que potencien los aprendizajes en horarios y calendarios suplementarios, bajo pautas lúdicas canalizadas por redes sociales en las distintas competencias a desarrollar.
  2. Creciente trascendencia (y debate) social de la educación. A pesar de que sus efectos siguen el lento ritmo de la naturaleza que exige paciencia y perseverancia, la educación y el aprendizaje son tan importantes que no pueden quedar sólo en manos de la política, o de la administración, o de patronales y sindicatos, o del profesorado, o del alumnado, o de las familias,... Es un tema clave de la totalidad de la ciudadanía, que debe ser vigilante con cuánto requiere y cómo ser gestiona, como la mejor inversión social. Por desgracia, la educación raramente es una prioridad cuando se analiza a corto plazo (la tragedia de la política), pero debe ser una constante sometida a la crítica y a la mejora continua. Hay demasiado desconocimiento, simplificación y condescendencia con nuestra eficacia escolar, con el logro de la equidad y la calidad académica que se alcanza. Convendría más examen sosegado, autocrítico, constructivo, ilusionante,... sobre el rendimiento del esfuerzo que la sociedad dedica a su educación.
  3. Todo el sistema educativo debe primar y centrarse en el alumnado (y sus familias mientras el alumnado sea menor de edad). Porque el alumnado es el núcleo de atención sobre el que articular las propuestas de aprendizaje. Toda la acción de la docencia y de la administración ha de estar al servicio del alumnado. Los derechos profesionales o laborales de los agentes escolares han de estar subordinados a su razón de ser: el alumnado (y sus familias). Esto ha de traducirse en un seguimiento docente más continuado, de forma que se fije el profesorado a etapas discentes (bianuales, como mínimo), involucrándose y responsabilizándose de modo más estrecho con el éxito escolar de cada alumno o alumna. 
  4. Una educación del siglo XXI debiera avalar como un nuevo derecho humano el éxito escolar universal (en las enseñanzas básicas y obligatorias) de todas las alumnas y alumnos. Ya no basta que una sociedad se contente con ofrecer un pupitre a cada escolar, sino que ha de asegurar que - a lo largo de su trayectoria de escolarización- cada miembro del alumnado descubrirá su talento personal y elegirá su opción vital para convertirse en una persona integralmente formada (y ello también significa, con un destino profesional factible).  Para todo lo cual deben generarse centros educativos diversificados con modelos variados que sean del agrado y permitan elegir a las familias (incluso, y especialmente, en un sistema público no homogéneo). También es preciso vincular más al profesorado con el éxito académico del alumnado a su cargo, secuenciando las metas competenciales a alcanzar en cada etapa. Al igual que un padre o una madre no acepta que alguno de sus hijos e hijas quede atrás, el profesorado comprenderá las circunstancias particulares del alumnado y buscará un camino que le lleve al máximo de sus potencialidades.
  5. Una cultura de evaluación constante se abrirá paso en todo el sistema educativo. Porque sólo una evaluación combinada (externa e interna) y contextualizada, general de todos los protagonistas (alumnado) y agentes, podrá garantizar la equidad y la calidad de todo el alumnado, de todas las aulas, de todos los centros, de todas las redes, así como de la administración, inspección, servicios de apoyo,... Siempre se consideró, pero luego no se aplicó, la diferenciación entre quien instruye (ahora diríamos mejor conduce el aprendizaje) y quien evalúa el proceso. Las evaluaciones diagnósticas, las evaluaciones externas, basadas en competencias y en contenidos, y desde la Educación Primaria, pueden ser un instrumento válido y esencial de mejora que establezca los refuerzos necesarios para que todo el alumnado progrese en conjunto, porque los desniveles se corrigen cuando son pequeños. Así se eliminarían, y a ultranza, las repeticiones de curso que se han demostrado inútiles.
  6. El currículum formal ha de concentrarse en los lenguajes y metalenguajes, para el limitado calendario de la educación formal. Las competencias (como la de aprender a aprender), los lenguajes naturales (euskera, castellano, inglés,...) y los metalenguajes matemático, científico, tecnológico y digital son la columna vertebral del currículo de las primeras etapas educativas. Para su debida consecución deben establecerse niveles y objetivos perfectamente definidos antes de finalizar las sucesivas etapas escolares. Los Boletines Oficiales, o las Leyes Orgánicas como la LOMCE, deben establecer niveles mínimos finales de las distintas etapas educativas, tales como el nivel de conocimiento de los idiomas oficiales o extranjeros, y según un baremo objetivo y mensurable. Y pueden hacerlo a escala de Estado, o mejor a nivel incluso continental, como el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Pero no han de entrometerse en las metodologías pedagógicas para alcanzar dichos niveles, por razones tan obvias como la singularidad del alumnado, que hace difícil recomendar estrategias de aplicación general.
  7. La educación digital (reducación o sarezkuntza) debe transformar y mutar la escuela actual, potenciando nuevas realidades de aprendizaje transmedia con una comunidad abierta por el cauce de un Internet omnipresente y accesible a través de dispositivos móviles (smatphones, tablets,...), que debiera estar a nuestro alcance en todo momento y lugar. Su generalización abrirá el entorno escolar a las familias y al conjunto de la sociedad, que podrá participar por nuevas vías. Estas tecnologías han producido efectos inimaginables hace pocos años en las poderosas "industrias de la información", y muestran la misma oportunidad (y potencialidad de crisis) en las "instituciones de la formación". Su vertiginosa evolución (o red-volución) determina que lo que pudo ser una medida positiva como la distribución masiva de netbooks en Primaria y Secundaria ya no sea posible. Simple y llanamente, porque el mercado ha dejado de fabricarlos en favor de las tabletas digitales, lo que supone una vuelta a un super-pizarrín que pone en entredicho toda la historia de libros de texto, pesadas mochilas, diccionarios,... Y ya no caben excusas de costes, porque su abaratamiento (en continente y contenido) hace inexorable una inmediata tabletización con textos multilingües (tan beneficiosos para alumnado y familias), acceso inmediato y duradero, movilidad, inclusión digital universal,...
  8. Atención a la pluralidad de ofertas escolares (con diversidad de titularidades, modelos pedagógicos,...). El derecho a la educación, y al éxito educativo, reside en el alumnado, y en sus familias en tanto aquel es menor de edad. Debe ser objeto de atención y extremo cuidado el favorecer la multiplicidad de elección escolar, siempre que encuentre refrendo por parte de quienes se matriculan. Es una peculiaridad que puede dinamizar la innovación, mejorar la gestión y permitir la cooperación. Esa pluralidad debe protegerse con medidas que apoyen la adecuación a las demandas del alumnado (y de sus familias), que son quienes deben regir la planificación educativa. Para que la red de titularidad pública, la mayor de las actuales, actúe como una red educativa (como otras concertadas como Kristau Eskola, Partaide,...) debiera quedar organizada como una “Hezikidetza”, poniendo en juego la totalidad de sus recursos humanos. Así, la administración educativa general (con alguna semejanza con la sanitaria) velaría por el conjunto de la educación vasca mediante programas y conciertos a través de sus diferentes redes escolares, cuidando que la red de titularidad pública sea garante de la escolarización universal.
  9. Reordenación y aprendizaje permanente del profesorado, de las direcciones escolares, y del conjunto de los servicios de apoyo e inspección, así como de la administración educativa. El profesorado y las direcciones escolares, en pro de una máxima responsabilidad y autonomía de centros, son las piezas esenciales para que una sociedad se dote de una correcta y eficiente educación, con una amplia capacidad de autonomía a nivel de centro, departamento, etapa,... y de colaboración intrared o interredes escolares. La formación inicial y continuada, así como la carrera profesional, son aspectos a cuidar en la organización de la enseñanza, a fin de reconvertir a docentes en knowmads (nómadas del conocimiento). La administración debe simplificarse al tiempo que se hace más abierta y transparente para familias y agentes educativos. Los recursos humanos destinados a la educación han de reagruparse en torno a las aulas y los centros, actuando en proximidad máxima con el alumnado a fin de promover su éxito, en formatos presenciales o virtuales para compensar desigualdades socio-culturales de las familias a las que pertenezcan. Pervive demasiada estructura y jerarquía cuando nos encaminamos hacia un escenario de "Educación 3.0", basado en un aprendizaje más horizontal (entre iguales), un conocimiento aplicado contextualmente, unas relaciones menos jerarquizadas (en redarquías),...
  10. Urge un amplio "Acuerdo Escolar". En el caso de la Comunidad Autónoma del País Vasco que abarque a todo el sistema educativo vasco, algo no alcanzado tras 30 años de autogobierno, y que complete el "pacto escolar" de 1993 (que sólo cubría la mitad del sistema con una "Ley de la Escuela Pública Vasca" y que estaba programado para durar, a lo sumo, siete años). La génesis de este Acuerdo, extensible también a nivel de Estado y de Europa, debe propiciar una mínima regulación de modo que se confíe en las comunidades escolares que alientan cada centro, pero fijando metas medibles de resultados discentes. Ya han pasado 20 años desde el "pacto escolar" y han cambiado, afortunadamente mejorado, las condiciones. Ahora no basta una negociación sólo entre dos partidos, ni siquiera a escala exclusivamente política. Un nuevo acuerdo debe dimensionarse socialmente, escuchando especialmente a los agentes escolares -y en primer lugar a los prescriptores como lo son las familias-.

Los navarros no son vascos

La coalición UPN-CDN ha decidido impugnar ante el Tribunal Constitucional el acuerdo del pasado 25 de octubre por el que el Gobierno Vasco aprobó la “Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi”. El Ejecutivo Foral considera que debe evitar que “se lesionan gravemente la integridad del régimen foral, y se invadan sus competencias propias y sus instituciones” y que el Gobierno Vasco “se burla de los ciudadanos navarros". El portavoz de UPN-CDN adujo que “el Plan Ibarretxe desconoce la configuración como comunidad foral diferenciada a Navarra, con identidad propia”.

Paradójicamente son los ultraconstitucionalistas del PP ó UPN quienes se niegan siquiera a considerar algo perfectamente contemplado incluso en sus idolatrados textos legales: la unión política de la Comunidad Foral Navarra con la Comunidad Autónoma Vasca, siempre que la ciudadanía navarra así lo decidiese. Tal confederación conjunta está detalladamente prevista en la disposición transitoria 4ª de la Constitución, en el artículo 2º del Estatuto de Gernika, y en la disposición adicional 2ª del Amejoramiento. Pero UPN ó PP entienden que tal posibilidad es contraria a la Historia de Navarra.

Repasemos brevemente dicha Historia, que desde los primeros testimonios escritos de Polibio, Estrabón y Ptolomeo proporcionan una información que permite localizar a los Vascones en lo que hoy es la CFN, la provincia de Huesca hasta el Gállego y el este de Alaba. Durante el Imperio romano los vascones se extendieron a ambos lados de los Pirineos y una vez desaparecido éste, los enfrentamientos fueron continuos con los consecutivos poderes emergentes de visigodos, francos y musulmanes. Es en este escenario donde se produce la batalla de Roncesvalles (778), en la que la retaguardia de Carlomagno fue aniquilada porque había destruido Pamplona. En el año 824 nace el reino de Pamplona. El “Códice de Roda” del siglo X reflejará, bajo Sancho el Mayor calificado por los Omeyas como “Señor de los vascos”, un dominio que abarcará entre otras áreas geográficas la CAV, Baja Navarra, Labourd, y Bearne.

En el siglo XII el Reino de Pamplona pasa a llamarse Reino de Navarra y se iniciará su paulatina apropiación por Castilla. En el año 1199 las fuerzas de Alfonso VIII de Castilla tomarán Vitoria, conquistará Gipuzkoa al año siguiente, la Cofradía de Arriaga (Alaba) se entregará en 1332 y Bizkaia por sucesión matrimonial en 1376. De esta forma, los territorios de la Navarra marítima quedaron separados del resto del Reino. La apropiación definitiva se culminará con la conquista armada de Navarra por las tropas del duque de Alba en 1512. A partir de este momento la historiografía castellana denominará como intentos “franceses” la recuperación del Reino, cuando “tales franceses” no eran sino los únicos reyes legítimos navarros pertenecientes al otro lado de los Pirineos. La batalla de Noain (1521) es el testimonio del fracasado intento de recuperación del Reino por parte de los navarros con más de 5.000 muertos. Un grupo de escapados de esta batalla simbolizará en la fortaleza de Amaiur (1522), el último baluarte de la resistencia navarra contra los castellanos.

Si bien Navarra siguió conservando sus Cortes Generales, sus Tribunales de Justicia, el Consejo Real, la administración, la moneda, las aduanas y fronteras, competencias más amplias que las que goza hoy en día y paradójicamente no reivindicadas por los fervientes navarristas, el control castellano se materializó en la organización militar, en la administración civil y eclesiástica y en la castellanización progresiva. Este último punto, el de la lengua, ha sido tergiversado de tal forma que nos han hecho creer que el euskera siempre ha sido un reducto en Navarra, cuando precisamente los textos medievales denominan al euskera como “Lingua Navarrorum”. Si ya en la época árabe el historiador Al-Himyari comenta sobre los habitantes de Pamplona que la mayor parte hablan el vasco (al-bashkiya) lo que les hace incomprensibles, a finales del siglo XVI y según un Registro existente en el Seminario de Vitoria de las ciudades, villas y lugares de cada obispado del País Vasco, en el correspondiente a Navarra figuran 58 pueblos de habla castellana y 451 de habla vasca. A comienzos del siglo XVII está documentado el euskera como lengua usual en la región de Sangüesa, así como en el norte de Tafalla y en Tierras de Estella.
En 1841, después de haber finalizado la primera guerra carlista, entre otras características como expresión de la reivindicación foral, Navarra deja de ser Reino convirtiéndose en una mera provincia con ciertas facultades administrativas y fiscales, bajo la Ley Paccionada elaborada por el Estado español, que no recogía pacto alguno sino imposición.

En 1936 se aprueba el Estatuto de Lizarra (Estella) y se resaltó que en la elaboración de dicho Estatuto, los ayuntamientos navarros rechazaron ir junto a la CAV por un estrecho margen (123 contra 109). Hoy sabemos, gracias al historiador navarro Jimeno Jurio, que algunos ayuntamientos que supuestamente votaron en contra realmente lo hicieron a favor, lo que debió haber cambiado radicalmente el resultado.

En cuanto a los años de la Transición, en principio el PSOE estuvo a favor de un mismo Estatuto para la CAV y para Navarra, pero desistieron de tal pretensión por la presión de la cúpula militar franquista que adujo que Navarra disponía de mucha frontera con el Estado francés. A partir de ese momento, la CAV tendrá un marco jurídico diferente plasmado en el Estatuto de Gernika de 1979 y la Comunidad de Navarra en la Ley del Amejoramiento de 1982.

La “Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi” de 2003 recoge el antiguo Reino de Navarra, actualmente dividido en tres administraciones diferentes, para recuperar de modo pacífico y democrático por la voluntad libre de su ciudadanía aquel proyecto originario de comunes raíces lingüísticas y culturales. Para muchos, y desde el respeto foral hacia cada uno de los seis Territorios Históricos que forman Euskal Herria, los navarros no son vascos, sino que todos los vascos somos navarros.

Pedro Pablo Arrinda / Mikel Agirregabiria

Silver Economy: La nueva e innovadora economía de las personas mayores

Silver Economy: La nueva e innovadora economía de las personas mayores

Se denomina Silver Economy o Economía de Plata (o canosa) al sistema de producción, distribución y consumo de bienes y servicios destinado a utilizar el creciente potencial de compra de las personas mayores y satisfacer sus necesidades de consumo, salud, ocio y vida. Este concepto nació hace ya medio siglo, cuando surge en los años ’70 en Japón, pero ha tardado en difundirse por todo el planeta.

El envejecimiento de la población en todo el mundo, y especialmente en toda la “vieja” Europa es una realidad. La esperanza de vida en España aumenta dos años y medio cada década, desde 1940, situándose hoy en 83 años. Más aún en Euskadi, donde gozamos de una esperanza de vida de las mayores de toda la humanidad.

Este fenómeno social de longevidad colectiva, especialmente para las mujeres, ha de ser considerado una gran oportunidad, y nunca un problema. ¿O acaso hay quien no quiera llegar a la jubilación con capacidad de seguir disfrutando plenamente de la vida?

En la actualidad y aunque esta franja de edad a partir de los 65 años es muy plural, y nunca un colectivo homogéneo, una primera clasificación a efectos del objetivo económico podría establecerse en tres subgrupos: activos, dependientes y frágiles. El tipo de productos y servicios destinados a estas tres franjas es muy variado, especializado e incremental. Incluso aún no está atendido ni completado por nuevas demandas contemporáneas, especialmente para quienes mantienen mejores condiciones de calidad de vida: Los viejos jóvenes o madurescentes.

 Al igual que la adolescencia es un “invento” de la segunda mitad del siglo XX, antes se pasaba directamente de la niñez a la madurez sin tiempo de transición, esta primera mitad del siglo XXI ha creado el neologismo demadurescencia” o viejóvenes. Son personas libres de horario por haber llegado a la edad de jubilación, pero con facultades plenas de capacidad y talento para seguir contribuyendo, disfrutando mucho más del voluntariado, ocio y el tiempo libre durante todo el año.

Según la Unión Europea el 31,5% de la economía, es decir 6,4 Billones de euros en 2025, va a depender de este gran destinatario como es el conjunto de las personas mayores. Por su cada día mayor porcentaje demográfico y sus rentas promedio sin necesidad de ahorrar para el futuro.  

Este consumo además comprende un amplísimo espectro de campos, no solamente en cuidados asistenciales y sanitarios, sino que incluye a la totalidad de bienes y sectores desde la tecnología más avanzada a la alimentación, vivienda, cultura, viajes, educación a lo largo de la vida,…

La nueva e innovadora economía de las personas mayores

Por ello es una evidencia que la Silver Economy se presenta como una oportunidad de negocio para multitud de empresas. Precisamente, porque afecta a todos los sectores propios de las sociedades desarrolladas. Incluso hay expertos que rehúsan señalar «sectores» relacionados, indicando que más bien existen productos y servicios determinados que están habilitados para resultar idóneos para el público de edad como un ensayo antes de abrirlos a otros destinatarios.

Lo cierto es que en una panorámica rápida existen numerosos ejemplos de productos y servicios orientados a la “economía plateada”. Envolvería desde el sector financiero con sus nuevos productos de pensión y ahorro (incluido el fiasco de las hipotecas inversas), hasta los servicios de telecomunicaciones adaptando sus múltiples dispositivos de comunicación, vigilancia, apoyo y asistencia con AgeTech (tecnología para mayores), ChatBot (robots de conversación con inteligencia artificial),….

Todo esto por lo citar lo más obvio, llegado el caso de la dependencia en sus distintos grados: el sector de los cuidados. Ahí se barajan desde soluciones alternativas de vivienda compartida (CoHousing), hasta sofisticados  pero accesibles equipamientos domóticos de hogares para quienes prefieran optar por mantenerse en sus casas.

Desde organizaciones de mayores como las Asociaciones Territoriales de Nagusiak en Bizkaia, Agijupens en Gipuzkoa, Las Cuatro Torres en Araba, agrupadas en la Federación EuskoFerderpen, queremos trasladar algunas consideraciones sobre la Silver Economy.

La primera premisa es abandonar la actitud paternalista o edadista según la cual hay que cuidar a las personas mayores porque son incapaces de hacerlo por sí mismas. Somos conscientes y capaces no solamente de cuidarnos y consumir, sino de prescribir y colaborar determinantemente en cómo satisfacer las demandas propias de la edad y de mejorarlas con una Silver Innovation que queremos y podemos impulsar.

Las personas mayores nos reconocemos como el nuevo perfil de consumidor estrella, pero bajo el lema de “todo para las y los mayores, pero contando con su aportación” desde el diseño inicial de todos estos procesos. En resumen, las personas mayores somos tanto  receptores como generadores de la Economía Plateada, incluso con una relevante contribución específica desde el emprendimiento senior.

La segunda e imprescindible consideración reside en remarcar el carácter social y universal de las prestaciones actuales y futuras de estas demandas. No aceptamos que únicamente quienes disponen de abundantes recursos económicos alcancen a adquirir o contratar estos servicios, presentes y futuros, bajo las leyes del implacable mercado. Reivindicamos que todas las esenciales sean incluidas como básicas en los sistemas públicos de acompañamiento y asistencia.

Anunciamos la firme y solidaria voluntad de colaborar con empresas e instituciones para ampliar nuestra cartera de servicios plateados, a fin de combatir gravísimos emergencias de soledad (el problema del siglo), pobreza, maltrato, falta de accesibilidad,…. Para ello trasladamos una reivindicación de sumar nuevos recursos, a fin de que una real y justa Silver Economy no nos sitúe como mera clientela, sino como prescriptores y revisores de estas crecientes ofertas que deben regirse por el valor social, no el mercantil.

La nueva e innovadora economía de las personas mayores

Queremos, sabemos y podemos “ayudar y ser ayudados”. Pasaremos por ambas etapas, pero lo óptimo es solaparlo en todas las etapas vitales. Cuenten con las personas mayores, que sabemos que necesitamos a toda la sociedad, pero con la misma firmeza consideramos que toda la sociedad también nos necesita. Nos vemos valiosos para seguir viviendo, aprendiendo, construyendo, innovando, comunicando y legando,… verbos de acción que son sinónimos. Nuestro lema en Euskadi Lagunkoia, un proyecto seleccionado en 2018 por la Organización Mundial de la Salud, es “Las personas mayores son como las raíces que sostienen y alimentan a los árboles durante su larga vida”.

Apostamos por el voluntariado, y mejor si es intergeneracional. De hecho, gente de nuestra edad es mayoritaria en distintas Instituciones Públicas y Privadas, y decididamente en el Tercer Sector, actuando como soporte indispensable de su inmensa labor social. Incluso durante la reciente pandemia hemos movilizado numerosas competencias digitales de muchas personas para mantener nuestra contribución a la sociedad en un doble canal híbrido, que combina lo presencial del contacto físico con la ubicuidad y alcance de lo virtual.

Somos un dragón plateado que parecía dormido, pero se está desperezando. Una fuerza insospechada que quiere incorporarse decididamente a aportar su experiencia, su conocimiento y su perspectiva de tiempo para imaginar un futuro mejor.

Nuestra sociedad goza de unas privilegiadas condiciones previas de solidaridad institucionalizada, vertebración política, madurez empresarial, sindical y social, con avanzados escenarios de innovación e investigación en ciencia y tecnología que pueden ser el crisol de un punto de inflexión. Además ya se están materializando proyectos de la envergadura del Nagusi IntelligenceCenter, que podrían copilotar una acción sinérgica y global.

Para concluir: El advenimiento de la Silver Economy provoca una disrupción general en todo el planeta, pero acentuadamente en todos los planos de nuestra cercana y cambiante realidad. Creemos que Euskadi puede convertirse en un país pionero y piloto en la vanguardia del Envejecimiento Activo y Activado, logrando altas rentabilidades sociales y, a la par, económicas para la totalidad de su ciudadanía.

Recomendamos estos cinco vídeos de Juan Carlos Alcaide, autor de la obra Silver Economy.

Sargoi y WATS con Elkar Teach, en Etorkizuna Eraikiz, Donostia, 20-11-18

Actualización con crónica, tras su celebración
Sargoi y WATS en Etorkizuna Eraikiz
Álbum con 70 imágenes y, abajo, dos vídeos con la presentación de WATS TEAM.
Ha sido un disfrute toda la tarde noche en Donosti (como siempre). Primero el re-encuentro con Alfonso Unceta (con quien pronto recuperaremos las entrevistas PedaLógicas -alguna aún no publicada- de la memoria educativa) y Miren Olabarri de Sinnergiak, organizadora del evento,... y con seguidoras de este blog. 

Luego una gratificante evaluación de cómo progresa Sargoi, tan bien integrada en su sede original, Axular Lizeoa, como en la referencial Lauro Ikastola. Un deleite oír a sus respectivos  Directores Aitor Uriondo y Pedro Argaluza, así como a la profesora  Ane Omar.

Por último, el descubrimiento del prometedor WATS TEAM, un equipo joven por un deporte con valores, cuya presentación pudimos grabar.  Sólo resta agradecer la invitación al dinámico Alberto Medrano, fundador de Humans´Network, base de Sargoi, WATS,... Con Alberto basta un viaje de ida y vuelta Getxo-Donostia para gestar, quizá, algunos proyectos nuevos,...   
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Sargoi en Elkar Tech, Etorkizuna Eraikiz, Donostia, 20-11-18 
Elkar Teach, dentro del programa Etorkizuna Eraikiz, El futuro de Gipuzkoa, ha convocado  un encuentro con The Human’s Movement S.L., Tecnun – Universidad de Navarra, UPV/EHU y Axular Lizeoa el martes 20 de noviembre de 2018 a las 18:00 horas en los soportales de la Diputación Foral de Gipuzkoa, Gipuzkoa Plaza s/n, 20004 Donostia. El programa sugerido es el siguiente:
 
1. Presentación del proyecto ElkarTeach, a cargo de Alberto Medrano.

2. "Importancia de la educación por competencias", donde Aitor Uriondo, zuzendari de Axular Lizeoa, nos contará cómo están implementado a través de Sargoi, la plataforma educativa que ha dado lugar al proyecto  Elkar Teach,  la nueva educación por competencias establecida por el Gobierno Vasco a través de su nuevo marco educativo "Heziberri 2020".

3.  "Importancia de la educación en valores", donde Pedro Argaluza, zuzendari de Lauro Ikastola,  y Ane Omar, profesora y tutora de la asignatura "Educación para la ciudadanía", nos contarán como a través de Sargoi  están educando en valores a sus alumn@s.

4. "La transformación digital en la educación", donde el experto en educación, y ex-Responsable de Innovación Educativa del Gobierno Vasco, Mikel Agirregabiria, nos contará  cómo la transformación digital ha llegado también a la educación a través, fundamentalmente, de plataformas sociales que empoderan al alumnado, y le hace protagonista de su propia educación."

Así que estamos invitando al evento a responsables de centros educativos y universidades. En mi caso, a personas que he venido contactando estos años en el ámbito de Sargoi (ikastolas, colegios, institutos,…), y a responsables de Universidades que están participando en el proyecto Elkar Teach que hemos puesto en marcha este año (Universidad de Deusto, Universidad de Navarra - Tecnun, Mondragon Unibertsitatea,…).
Sargoi en Elkar Tech, Etorkizuna Eraikiz, Donostia, 20-11-18
Presentación de apoyo de Mikel Agirregabiria .
 

Calidad Educativa Vasca

El pasado 26 de julio el Gobierno central aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Calidad de la Educación, para su remisión al Congreso. Su polémica elaboración puede ser calificada, como mínimo, de surrealista y no cabe esperar demasiadas mejoras en su tramitación parlamentaria dada la actual correlación de diputados. Junto con la Ley Orgánica de Universidades y la Ley de la Formación Profesional y de las Cualificaciones, completa la trilogía de iniciativas legislativas educativas emprendidas por Aznar. Este artículo pretende exponer el previsible efecto sobre la educación vasca de esta Ley, cuya génesis se ha demorado más por la complejidad de la materia a abordar, que por el rigor en su proceso de consenso dentro de la comunidad escolar.

La Ley apela a un bello, y reiterado, concepto de calidad y a una “cultura del esfuerzo”, ideas generales con las que todos podemos estar de acuerdo. Lo cierto es que sus promotores poca ejemplificación de “esfuerzo” han demostrado en democratizar su gestación. Se ha aprobado el Proyecto en plenas vacaciones escolares, y fuera del periodo de presidencia europea, lo que proclama el poco entusiasmo que provoca, la contestación social que espera y su difícil “venta” ante la opinión pública. Entre las numerosas protestas, en Euskadi cabe recordar la multitudinaria manifestación del 4 de mayo a favor de un Sistema Educativo Propio, bajo el doble lema de “STOP a la Ley de Calidad del PP” y “Por una Educación Nuestra y Solidaria”.

Con un espíritu de evaluación constructiva, que los educadores debemos cultivar ahora más que la crítica pura que estimulamos hace dos o tres décadas por demandas del momento, expondremos los aspectos válidos, y otros no tanto, que hay como en cualquier propuesta. Como cuando se juzga el comportamiento del alumnado, conviene reseñar primero los aspectos negativos (conductas a corregir) y, luego destacar los elementos más positivos (salvando a las personas).

Las objeciones son, a nuestro entender, múltiples. La primera y sustancial para la realidad educativa vasca es que se trata de una Ley uniformadora, que además de invadir competencias asumidas (ya se ha anunciado la interposición de recursos de inconstitucionalidad) y de ignorar incluso la realidad bilingüe de casi la mitad del alumnado español, se dirige principalmente a corregir situaciones educativas superadas en Euskadi, como se describe a continuación.

La educación vasca, por los factores básicos como financiación, equilibrio de redes, grado de concertación o ratio profesorado/alumnado, se puede equiparar con los sistemas europeos más avanzados, que poco tienen que ver con los de algunas autonomías del Estado, con trasferencias tardías, y cuyos indicadores históricos de calidad están desgraciadamente postergados. La justificación misma de la Ley partió del “fracaso escolar”, aunque en la redacción final se ha obviado el término, que se cifra en más de un 25 % en el promedio del Estado Español, y que es muy inferior en Euskal Herria: Un 19 % en la CAPV (con un sistema plenamente bilingüe) y menos aún en Navarra.

Asimismo la Ley propone, como una de sus medidas más relevantes, que la gratuidad de la nueva etapa de Educación Infantil, ahora sólo en el tramo 3-6 años. Esta meritoria iniciativa puede mejorar la baja escolarización española, pero nada dice en Euskadi donde la escolarización es universal no sólo en esta etapa, sino incluso desde los 2 años. Algo similar sucedió con la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) al escolarizar hasta los 16 años: esto ya había acontecido hacía años en Euskadi.

Debe saber la ciudadanía vasca, que la extensión de la escolarización en Euskadi en ambos extremos de edad discente, en 0-2 años y en porcentaje de universitarios es comparable y favorablemente con las sociedades europeas y norteamericanas más avanzadas, encabezando todas las series del Estado. Nuestro debate no es la concertación del 3-6 años, ni el 2-6 siquiera, sino cómo asegurar las plazas de 0-2 años para aquellas familias que lo desean y que optan por ello más que en ninguna otra sociedad del mundo.

Así mismo, en los aspectos curriculares las indicaciones de la Ley para adelantar el estudio de una lengua extranjera y de las nuevas tecnologías en Educación Infantil, o la potenciación en Primaria de las áreas instrumentales (Lengua y Matemáticas), las Lenguas Extranjeras son ya realidades en Euskal Herria. En este sentido, la consideración de asignatura troncal de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) es otra ocasión frustrada, que sí ha otorgado Blair en el Reino Unido. Esta administración ha declarado a la enseñanza como 'el desafío fundamental' de los próximos diez años, y destinado hasta el 5,6% del PIB (superando a la media europea), con un incremento del 50% de la inversión por alumno en ocho años. Cuando en la actualidad sólo el 4,4% del PIB se dedica a la educación en el promedio español, se haría realidad el binomio de “reforma y dinero”, evitando el mismo error que cometió la LOGSE en 1990.

En Euskadi, la financiación educativa global, comparable a la media europea, no es lo más perentorio, aunque sí su reordenamiento presupuestario junto a innovaciones organizativas y un nuevo “acuerdo educativo”, previsto en el Programa de Gobierno de Ibarretxe, tras el “pacto escolar” suscrito en 1992.

La visión centralista que inspira toda la Ley, provoca su pésima hechura. Trata de homogeneizar a un modelo único unos sistemas escolares tan heterogéneos en las distintas comunidades autónomas que justamente comete el error que pretende combatir: aplicar una política de igualación a la baja. Como sucedió con la Ley de FP, evoca el mito del posadero Procusto, que ajustaba el huésped a la cama con el expeditivo procedimiento de estirarle o cortarle miembros y cabeza.

La limitación que impone un artículo de divulgación no exime de enunciar otros errores organizativos: la supresión de la promoción automática en ESO, de forma que se repetirá el curso con más de dos asignaturas suspensas, no compensada con criterios para el profesorado a fin de comprender la gravedad y el coste familiar y social que significa cada repetición, de escasa eficacia en muchos casos; la imposibilidad de aceleración que permita aventajar al grupo de coetáneos; los posibles efectos de discriminación, clasificación y segregación social del alumnado; la especialización de algunos centros públicos en los itinerarios menos prestigiosos que podría provocar su segmentación, lo que se agudizaría si se yugulase la financiación pública; la división del profesorado por no favorecer la carrera docente y por “resucitar” el cuerpo de catedráticos; el freno a la participación de las familias; la devaluación adicional de la Formación profesional, a la que retrotrae a tiempos pasados;…

Finalmente la lista de “oportunidades perdidas”, puede constituir, por sí misma, la mayor objeción a la Ley: El nulo avance hacia un verdadero Espacio Europeo de la Educación; la falta de un moderno tratamiento para una “educación en valores”; el “cierre en falso” entre la asignatura de religión y su alternativa; la no provisión adicional de recursos para la enseñanza de idiomas y de las TIC; el escaso avance en el tratamiento de las necesidades educativas especiales; la conculcación de los derechos lingüísticos del alumnado extranjero en las comunidades bilingües con programas de aprendizaje sólo de la lengua española; …

Y después de toda esta lluvia de reprobaciones, ¿cuáles son los aspectos favorables que se prometían? Abreviadamente y sin exponer todos los matices que merecería cada caso: La Prueba General de Bachillerato o reválida, con una 'parte oral' de la lengua extranjera, mejorando una Selectividad con tribunales mixtos (Profesorado Público de Secundaria-Universidad), que ni aseguraba la coordinación entre la universidad y la secundaria, ni constituía una evaluación propia del sistema preuniversitario para homologar conocimientos y contrarrestar tendencias indeseadas en las calificaciones; los itinerarios formativos que regularicen el abanico de fórmulas de refuerzo -que de hecho ya se han desplegado en Euskadi- para la atención a la diversidad de la ESO; la reducción a tres modalidades en los dos cursos de Bachillerato; el fomento de la lectura;…

Otras posibilidades podrían vislumbrarse con una aplicación inteligente de la Ley. Como se señala en su preámbulo, “las reformas educativas han dejado de ser acontecimientos excepcionales, y se han convertido en procesos relativamente continuados de revisión, ajuste y mejora”. En este sentido, confiamos que la crisis, entendida como oportunidad, servirá para perfeccionar el Sistema Educativo Vasco, no tanto por las virtualidades de la Ley como por nuestro esfuerzo propio.

Valoración final. Como el ingeniero del chiste, que ni veía la botella medio llena como el optimista, ni medio vacía como el pesimista. Simplemente creía que estaba mal diseñada (a doble tamaño del necesario).
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LOE: La Olvidada Educación

Un eclipsado debate tras 8 Leyes Orgánicas educativas aprobadas en 25 años. Demasiadas reformas para seguir distanciados de la Europa más avanzada.

La educación es una tarea generacional, prolongada a lo largo de la vida, que afecta intensivamente a los más jóvenes, en un inigualable esfuerzo colectivo donde participan familias, profesorado, alumnado y el conjunto de la sociedad. Todo ello requiere un marco político y administrativo consensuado, con vocación de larga permanencia en el tiempo para garantizar el máximo aprovechamiento de tan ingentes recursos humanos y materiales.

La educación es responsabilidad de la familia, que delega en la enseñanza parte de sus funciones. La formación se estratifica en etapas, desde la educación infantil hasta la formación profesional o la universidad, y en planos de actuación abarcando desde el autoaprendizaje, el aula, el centro, la red o el sistema global. En el Estado español, con las competencias educativas transferidas a las Comunidades Autónomas, una nueva Ley Orgánica de Educación (LOE) ha despertado un doble debate, interno entre docentes y público donde se enfrentan algunas visiones opuestas (asignatura de religión, concertación de centros privados,…).

El proyecto de LOE presentado por el Ministerio de Educación y Ciencia para su tramitación en el Congreso ha sido calificado de muchas formas, según la perspectiva de los analistas. Puede definirse como un texto reducido, no excesivamente pormenorizado ni intervencionista, que busca soslayar los mayores escollos con los sectores más influyentes sin negar su inspiración “socialista”. Quizá la LOE sea una concreción del “talante Zapatero”, que -con paradojas y contradicciones- busca la máxima mayoría parlamentaria.

Repasemos algunas inconsistencias. En la exposición de motivos, declara que las evaluaciones internacionales recientes, como PISA (trianual) y TIMMS (cuatrianual), ponen de manifiesto que es posible combinar calidad educativa con equidad en su acceso, pero la LOE ni propone mecanismos urgentes de mejora (que obligarían a una mayor inversión), ni menciona las “devastadoras conclusiones del Informe Pisa” que denuncia el Consejo de Estado de Educación, máximo órgano consultivo que en su preceptivo dictamen proclama: “Parece como si el anteproyecto tratara sólo de modernizar el sistema educativo y no de corregir tendencias a la baja calidad que son de dominio público y preocupan a la sociedad…”.

Entre las incoherencias, sobresalen algunas. Propone el carácter “complementario” de las redes escolares pública y concertada, porque reconocer la “subsidiariedad” sería impresentable en nuestra realidad educativa continental, aunque luego en el articulado separe tajantemente entre centros públicos y centros sostenidos con “fondos públicos” (que incluiría a los privados concertados). Igualmente se pregona la autonomía de los centros docentes, pero no se facilitan instrumentos para ello en la escuela pública. Presume como gran novedad un área de “educación para la ciudadanía”, sin que se sepa quién impartirá tan difuso y discutible contenido.

En su última redacción ha incorporado el “esfuerzo individual de los alumnos”, como uno de los principios de la educación y como uno de sus fines “el mérito y el esfuerzo personal”. Este eslogan de la LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación) era uno de los aspectos más rescatables de la ley del PP, y aunque el PSOE se negaba a destacar su presencia, al final la obviedad se ha impuesto. Afortunadamente en la disposición final primera se pregona que el primer deber básico de los alumnos es… estudiar (lo que lamentablemente parece pertinente por un inexplicable olvido muy extendido).

El porcentaje de contenidos básicos de las enseñanzas básicas, 55% en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial y 65% para las restantes, ha sido otro punto de polémica política artificial en prensa. Los educadores sabemos que la realidad escolar del siglo XXI exige un núcleo planetario absolutamente común (no en el Estado, ni en Europa siquiera), que es lo que se mide en las evaluaciones internacionales (matemáticas, ciencias, primera lengua,…). Igualmente sólo alguien ajeno a la práctica docente puede negar la indispensable adecuación curricular que desde la escala no sólo autonómica, sino de centro, de profesorado, de aula y de cada miembro del alumnado ha de programarse.

Otra espinosa controversia se centra en la enseñanza de la religión. La disposición adicional segunda comienza desacertadamente: “La enseñanza de la religión se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre el Estado español y la Santa Sede,…”. Pareciera que la enseñanza religiosa no fuese una frecuente demanda familiar, de un alto porcentaje de madres y padres que la consideran esencial. Su deseo legítimo, al igual que el de quienes prefieren que sus hijos e hijas no reciban enseñanza confesional alguna, debe ser garantizado, al igual que los derechos de los docentes de estas materias. La opción más aceptable sería una materia de oferta obligatoria en todos los centros en sus versiones confesional (de todas las iglesias con representación significativa) y no confesional, para la aceptación voluntaria por parte de las familias. Debiera ser evaluada didácticamente para su notificación familiar, aunque no computable a ningún efecto académico (becas, promoción,…). El apartado 3º, que otorga a la entidad religiosa la condición de empleador y establece el pago delegado, no parece satisfacer ni al profesorado implicado, ni a las jerarquías eclesiásticas, por lo que parece inviable semejante variación unilateral de empleador cuando ni el receptor ni los trasferidos lo asumen. También sería de justicia la equiparación académica y salarial de este colectivo que reúne a más de 17.000 docentes en el Estado.

Entre sus cualidades, la LOE se destaca porque simplifica la proliferación de leyes educativas y de sus correspondientes reglamentos emitidos desde 1990, derogando -además de otras leyes menores- la LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990), la LOPEG (Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes de 1995), y la LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación de 2002). La litigada LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación de 1985), corrigiendo algunos de sus excesos, queda drásticamente reducida a una cincuentena de artículos (de sus 63 artículos iniciales), e incluso también son abolidos o reformulados muchos apartados de los artículos vigentes por la disposición final primera del anteproyecto. Desafortunadamente, el anteproyecto delira cuando, en su apartado 5º de la citada disposición, introduce un disparatado y encubierto derecho a la huelga del alumnado menor de edad, que ni respeta las responsabilidades, derechos y deberes de los padres, ni mejora la participación discente en la organización escolar. Debería suprimirse este enunciado, sin perjuicio de recoger adecuadamente el derecho de reunión en el centro escolar, respetando los horarios de actividad y los derechos de cuantos constituyen la comunidad educativa, previa comunicación a la dirección o de acuerdo con ella.

Las preconizadas “evaluaciones de diagnóstico”, al finalizar el segundo ciclo de Primaria (10 años) y al concluir el segundo curso de la Secundaria obligatoria (14 años), pueden ser reconocidas como puntos positivos por su carácter formativo y orientador, sin la estricta connotación de reválida (que la LOCE promulgaba) y que al medir currículos (y no competencias) podría condicionar y uniformar excesivamente la necesaria autonomía docente para atender a la diversidad discente. De este modo, queda una medición objetiva de la Primaria, antes de su tercer ciclo, y otra graduación en la crítica edad intermedia de la ESO, cuando en 3º parece que muchos de nuestros estudiantes encuentran súbitamente todos los obstáculos en lo que parecía un generalizado progreso modélico. Más dudosa es la supresión de la PGB (Prueba General de Bachillerato), prevista en la LOCE y común en toda la Unión Europea (salvo en Grecia y Portugal).

El retardo de los itinerarios hasta 4º de la ESO es oportuno y paneuropeo, cuando aparecen tres materias de modalidad y algunas optativas, retrasando el prematuro adelanto de la LOCE. Igualmente resulta conveniente la suavización en el número de asignaturas no superadas para promocionar de curso, porque nuestro retardo medio no mejora ni la calidad ni la equidad, y porque son más efectivas las medidas de refuerzo dirigidas hacia la superación final. El clamor contra la “promoción automática” ni es exacta, ni se corresponde con la reglamentación de los países de referencia educativa.

El reagrupamiento en tres bachilleratos de Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, y Artes es acertado. La fusión en el primero de ellos de los antiguos Bachilleratos de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud junto al de Tecnología era necesaria, y debería servir para incrementar el flujo hacia esta modalidad. Únicamente entre las materias comunes del Bachillerato, previstas en el artículo 34, debería incorporarse el metalenguaje omnipresente de una “Matemática Aplicada”.

Las insuficiencias de la LOE son variadas. El avance que supone la declaración de carácter educativo de los dos ciclos de Educación Infantil (superando el anacrónico nombre de Preescolar que reitera el PP), queda desdibujado por no abordar este período en tres ciclos bianuales (como todo el resto de la educación hasta el diseñado en el Espacio Europeo de Educación Superior). La espuria razón para este lastre es la inercia anterior y la insuficiente financiación dedicada a esta etapa, que da lugar a discrepancias totales entre Administraciones Educativas donde se retarda Andalucía (única con tasas de escolarización menor del 90% de la población de 3 años), mientras el País Vasco supera el 90% incluso de la infancia de 2 años. La gratuidad promulgada por la LOE del segundo ciclo de Infantil (3-6 años) es una mejora sólo para las Comunidades más retrasadas, mientras que las demandas sociales en edades más precoces ya se desbordan en las Comunidades mejor financiadas. En esta etapa, la subsidiariedad de la concertada se manifiesta en el artículo 15, en donde se garantizan una oferta suficiente en los centros públicos (además sólo con un incremento progresivo desde la situación actual), mientras que apenas se esboza que “podrán establecerse conciertos con centros privados”.

Son meramente declarativas y sin previsiones las apuestas por la mejora de los idiomas (foráneos y oficiales), que la LOE sigue sin apoyar más decididamente, o el aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación, donde nuestro retraso pedagógico comparado es deprimente. Igualmente las bibliotecas escolares quedan simplemente citadas y no incentivadas.

La participación de las familias podría acrecentarse asegurando, en función de la edad del alumnado, porcentajes no inferiores a un tercio de padres adicionalmente a un sexto de alumnos, en el artículo 126 sobre la composición del Consejo Escolar, para mostrar quiénes son los destinatarios que justifican todo el servicio educativo.

Respecto a la equidad escolar, el creciente alumnado (propio y extranjero) con necesidad específica de apoyo educativo por origen o minusvalía (sensorial, síquica o motora), e incluso el de altas capacidades intelectuales, sigue en la ambigüedad o en la inseguridad al asegurarse que las dotaciones para centros públicos y concertados serán las mismas (artículo 72), mientras que simultánea y posteriormente en el artículo 112, de medios materiales y humanos, se distinga sutilmente entre sus apartados primero y siguientes. Inicialmente se menciona expresamente a los “centros públicos” como aquéllos que deben ser dotados por las Administraciones Educativas, mientras en los restantes párrafos sean los “centros” genéricos los que atiendan a alumnado de educación especial,… Este artículo debiera incorporar el detalle de referirse en todo momento a los “centros sostenidos con fondos públicos”.

Preocupante resulta el matiz establecido en el artículo 84, relativo a la admisión de alumnos, donde se cita que “las Administraciones educativas realizarán una programación adecuada de los puestos escolares gratuitos que garantice el derecho a la educación”, pero sin mencionar la libertad de elección que corresponde a las familias. En ese mismo artículo, falta la inclusión de un criterio que facilite la continuidad pedagógica en un mismo centro, tanto en el caso de titularidad pública como no pública. En el artículo 88, sobre garantías de gratuidad, sigue sin aparecer el coste de los servicios complementarios de transporte y comedor, que debieran recibir un tratamiento similar en todos los centros sostenidos con fondos públicos.

Tampoco se acomete en esta oportunidad un refuerzo de la formación inicial del profesorado de enseñanza infantil, primaria y secundaria. La convergencia de las condiciones laborales, profesionales y económicas del profesorado y del personal no docente, tanto de centros públicos como concertados, queda en el limbo de los deseos, con una confusa cita en el apartado 117.4 donde turbiamente se sugiere “posibilitar la equiparación gradual de la remuneración (del profesorado concertado) con la del profesorado estatal (sic)”. Como si no existiesen diferencias salariales, incluso entre funcionarios docentes (respecto al “profesorado estatal”, sólo el redactor sabrá a qué se refiere en niveles no universitarios). Por último, en el capítulo del profesorado, la disposición transitoria segunda podría extenderse más allá del 4-10-2010 el régimen de jubilación voluntaria de los mayores de 60 años, a fin de rejuvenecer las plantillas docentes.

Lo peor es el mantenimiento de un sistema educativo basado en la oferta, y no en la demanda familiar (artículo 109. 2). La misma consideración de la educación como “servicio público”, quedaría mejor expresada como “servicio esencial” o de “interés general”, con independencia de la titularidad pública o concertada del centro elegido por los progenitores (situación a la que más se acerca en el Estado la Comunidad Autónoma Vasca, por tradición y financiación). El progreso hacia un sistema cooperativo, prestado por centros públicos y otros de iniciativa social, se entorpece cuando se desiguala por titularidad, como en el artículo 122.3 donde se concede que sólo los centros públicos podrán obtener recursos complementarios. Esto es apropiado y novedoso, pero debiera abrirse en las mismas condiciones a todos los centros “sostenidos con fondos públicos”.

Resulta aberrante el apartado 3 del artículo 109: “En la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán (sic) las exigencias derivadas de la consideración de la educación como servicio público, con los derechos individuales de alumnos, padres y tutores. Asimismo, conciliarán (sic) la libertad de elección de centro con el principio de equidad, atendiendo a las limitaciones materiales derivadas de la capacidad de los centros y de las consignaciones presupuestarias existentes y al principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos (sic)”. Discrepamos profundamente de que la economía impida derechos fundamentales, o que éstos queden restringidos por inciertas razones de supuesta eficiencia. Nefastamente, en la redacción actual el Estado parece erigirse como único titular originario del derecho a la educación, quedando las familias y los centros educativos reducidos a concesionarios de tal derecho. A todos nos conviene que los padres defendamos nuestro derecho a escoger el tipo de educación que preferimos, incluida la formación moral y religiosa que responda a nuestras convicciones.

Nadie discute la necesidad de una reforma educativa, cuando los datos negativos se acumulan en informes internacionales o en comparativas de fracaso escolar. El optimismo para que podamos competir con los mejores debe partir del máximo realismo sobre nuestra posición de partida, así como de un amplio y comprometido enfoque comunitario. Una Pedagogía del Éxito entraña que las familias y los educadores mantengan expectativas positivas sobre las capacidades de sus hijos y alumnos, para afrontan motivada y conjuntamente tan decisiva tarea, solventando los problemas crónicos con ilusión y apoyo social.

Concluyendo: Conviven en el Estado sistemas educativos muy diferenciados que la LOE debiera impulsar y desarrollar mirando hacia lo mejor de Europa, nunca uniformar por abajo. En general, nuestras posiciones educativas son mediocres o insuficientes respecto a la Unión Europea, y entre los países de la OCDE. No es algo de extrañar, dado que socio-culturalmente, económicamente y en esfuerzo educativo (interés familiar y porcentaje del PIB) no destacamos especialmente hasta la fecha.

Sólo cuando la ciudadanía presiona electoralmente, los poderes públicos y los dirigentes políticos otorgan la merecida atención, prioridad y recursos a la educación, a la universidad y a la investigación. Es el tiempo de los hechos. Rige un lema magistral: 'Si alguien cree que la educación es cara, que pruebe con la ignorancia'. Nuestro futuro individual y colectivo, a corto, medio y largo plazo, depende básicamente de nuestra apuesta educativa. Ojalá el debate sobre la LOE nos permitiese advertir la trascendencia de lo que está en juego.

Versión final en: http://mikel.agirregabiria.net/2005/loe.htm