La religión en la escuela

Mikel Agirregabiria / Pedro Pablo Arrinda [1]

La enseñanza de la Religión ha cambiado de estatuto y de orientación con la nueva Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE). Este artículo, basado en los datos recopilados por el profesor Rafael Artacho, analiza esos cambios y propone un camino para configurar una enseñanza de la Religión dentro del Sistema Educativo Vasco. La Religión en la escuela ha sido una de esas asignaturas pendientes, irresuelta después de 25 años de transición política en el Estado español. Durante los años del régimen del General Franco la enseñanza de la Religión Católica en la escuela fue una asignatura obligatoria para todos. El Estado era confesional y la escuela era confesional. La Constitución de 1978 consagró la libertad religiosa como un derecho fundamental, así como el derecho de los padres a elegir libremente la educación religiosa y moral de los hijos; un derecho del cual la Constitución hace garantes a los poderes públicos (Art. 27,3).

En este contexto tuvo lugar el 3 de enero de 1979 la firma de los Acuerdos sobre enseñanza y asuntos culturales entre el Estado español y la Santa Sede, introduciendo en la legislación tres novedades fundamentales: Primera, que esta enseñanza sería obligatoria en todos los Centros escolares, aunque de voluntaria elección por parte del alumnado (o de sus familias), sin que ello supusiera discriminación académica, ni para los que elegían seguir la asignatura ni para los que la dejaban. La segunda novedad era el profesorado no sería obligado a impartir la asignatura de religión. Y la tercera, la que se reconocía a la jerarquía episcopal el derecho de seleccionar y conceder o denegar la missio canonica para nombrar profesores de Religión, a fin de cubrir las plazas docentes de Religión Católica. Estas tres novedades de los Acuerdos dieron lugar a dos efectos prácticos, asentados durante años en la indefinición. El primer efecto fue la creación de una asignatura alternativa a la Religión Católica. Y el segundo, la creación de una plantilla de profesores de Religión en la escuela, nombrados directamente por el Ordinario de las diócesis. En principio, éstos tuvieron carácter de voluntarios, reclutados sobre todo entre catequistas parroquiales, independientes de cualquier titulación académica. Poco a poco, este grupo de “voluntarios suplentes” fue dando paso a un cuerpo de profesorado con un estatuto contractual y retributivo extraño y ajeno en lo previsto en las leyes de Función Pública.

Con la llegada de la LOGSE, ni el tema del currículo de Religión, ni el tema del profesorado lograron una solución adecuada. Fueron tres las objeciones que, repetidamente, se formularon contra la enseñanza de la Religión en la escuela y contra su estatuto como asignatura curricular. La primera impugnación aducía que se trataba básicamente de una situación de privilegio que los Acuerdos Santa Sede-Estado otorgaban a un grupo religioso determinado, en un Estado constitucionalmente no confesional. La segunda discrepancia radicaba en que para mantener este privilegio propio de algunos alumnos (los católicos), se obligaba a todos a mantener una asignatura adicional en el currículo (Religión o su Alternativa). El tercer reparo señalaba que la Religión es fundamentalmente una vivencia que no puede reducir su estatuto a lo exclusivamente académico.

Todo este cúmulo de hechos e interpretaciones hizo que la cuestión de la Religión en la escuela se presentara a la opinión pública como un asunto pendiente solamente entre la Iglesia y el Estado y no como una cuestión irresuelta de resolver dentro del propio sistema educativo. Este es el contexto en el que hay que situar la nueva regulación de la enseñanza de la Religión en la escuela, que realiza la LOCE, en su disposición Adicional Segunda, y que configura un nuevo modelo de enseñanza de la Religión. Se crea un área denominada Sociedad, Cultura y Religión, obligatoria para todo el alumnado, pero con dos modalidades: Enseñanza Religiosa Confesional o Enseñanza No Confesional de la Religión. En el primer caso (Enseñanza Confesional), el alumnado sigue cursos de Religión y Moral de cualquiera de las Confesiones religiosas, frente a quienes eligen la Enseñanza No Confesional, con un programa que les llevará al conocimiento tanto de los sustratos religiosos de la cultura actual de Occidente, como de las religiones que sustentaron las grandes culturas de la Humanidad.

¿Cuáles son las diferencias que la nueva situación presenta respecto de la LOGSE? En primer lugar, está en la estructura del área. La LOCE establece un área curricular de Sociedad, Cultura y Religión, universal y obligatoria para todos, creyentes y no creyentes. Confesional o No Confesional son pura y simplemente diferentes modalidades de un único currículo. En la LOGSE mientras unos alumnos seguían el currículo de Religión, otros realizaban alguna actividad alternativa. Otra diferencia estructural es que el seguimiento del currículo de Sociedad, Cultura y Religión en cualquiera de sus formas, queda reflejado con esta denominación en el expediente académico del alumno y consignados los resultados de su evaluación.

La innovación de la estructura curricular en la enseñanza de la Religión es consecuencia de una innovación de mucho mayor alcance: la configuración jurídica. En la LOGSE -también en la Disposición Adicional Segunda- la enseñanza de la Religión en la escuela se sustentaba, como base jurídica, en la referencia a los Acuerdos sobre enseñanza y asuntos culturales firmados entre el Estado español y la Santa Sede. Naturalmente, estos Acuerdos sólo eran válidos para la enseñanza de la Religión católica por lo que el texto de la LOGSE se hacía extensible a otros posibles Acuerdos que se pudieran establecer entre el Estado español y otras confesiones religiosas que vinieron después. La LOCE, por su parte supone una configuración jurídica de la enseñanza de la Religión: La existencia de un Área de Religión se establece en cumplimiento del precepto constitucional que obliga a los poderes públicos a garantizar la libre educación religiosa y moral de los ciudadanos. La base jurídica no está, pues, en los Acuerdos sino en la propia Constitución.

Pero hay dos puntos débiles en la ordenación legal de la enseñanza de la Religión diseñado en la LOCE. Se trata, en concreto, de la Evaluación de la asignatura, y del profesorado responsable de impartir los programas de Religión Confesional como No Confesional. Los Decretos sobre el currículo de la LOGSE convirtieron la Religión en una asignatura no evaluable. Se argüía que una vivencia no debía ser objeto de evaluación académica. Quien así argumentaba entonces, desconocía que la naturaleza de la enseñanza escolar de la religión, se diferenciaba -al menos oficial y teóricamente- de la catequesis desde 1979. Para evitar la discriminación académica se estableció que la nota de religión no concurriese a la hora de establecer la nota media a efectos supra-curriculares.

Creemos que suprimir la evaluación es desnaturalizar el carácter de disciplina escolar de un área de conocimiento. La valoración con notas ofrece una función reguladora y orientadora en la propuesta y en el logro del aprendizaje. Eliminar la evaluación equivaldría a hacer inoperantes las metas del aprendizaje. Cualquier menoscabo de la evaluación de la nueva área de Sociedad, Cultura y Religión llevaría irremediablemente a convertirla en una asignatura ‘maría’, reducto de mojigaterías bienintencionadas más propias de beaterio que de la institución escolar. Por ello, nuestra opinión es que esta área curricular debe ser evaluable, con informe a las familias como en cualquier otra asignatura, pero no computable a efectos extraacadémicos de expediente escolar, tales como la obtención de Becas o de Selectividad (o Prueba General de Bachillerato), como en la etapa LOGSE, dado que las diferentes opciones no confesional o confesionales en sus distintas religiones ofrecen variantes que no pueden asegurar un criterio equitativo, más aún por la procedencia múltiple de su respectivo profesorado.

Éste es el segundo problema que afecta al área de Sociedad, Cultura y Religión en la escuela: la cuestión del profesorado. El profesorado actual que imparte Religión Confesional se rige ante todo por los Acuerdos establecidos entre el Estado español y las diferentes Confesiones religiosas. Pero la situación legal es distinta según se trate de los profesores de la Religión Católica, o de los profesores de Religiones pertenecientes a las Confesiones judía, islámica o evangélica, que son las que en este momento tienen un concierto con el Estado. Los profesores de Religión católica son propuestos cada año por la jerarquía católica y establecen una relación contractual con las administraciones educativas. En general, en estos Acuerdos la enseñanza de la Religión en la escuela no se considera como parte del currículo, y en consecuencia no existen ni requisitos, ni derechos en el régimen de este profesorado. Es evidente, a la vista de los datos que la normalización de la situación del profesorado de Religión Confesional constituye un requisito indispensable para la normalización real y efectiva de la asignatura.

Parece legítimo, por una parte, que los responsables de las diferentes confesiones religiosas mantengan competencias en la gestión del currículo y el nombramiento, valoración y seguimiento de los profesores que imparten la enseñanza de su confesión religiosa. Pero, desde la nueva situación de la enseñanza de la Religión y desde los fines de la escuela es igualmente exigible que se trata de una responsabilidad compartida con el Estado, o mejor con los Gobiernos autonómicos que ya disponen de plenas competencias educativas, en una situación de trasferencias escolares muy diferente de la que regía en 1979. Por tanto, la Administración Educativa no puede inhibirse de su responsabilidad en un especie de subcontrata acordada con las jerarquías religiosas. Una de las fórmulas para compartir esta responsabilidad entre el Estado y las Confesiones Religiosas podría ser el modelo vigente en Italia. Allí los profesores de Religión deben de acreditar su preparación en materia de Religión y Moral y su Didáctica específica, ante las autoridades religiosas; y deben de probar su competencia pedagógica escolar ante las autoridades educativas. Sólo en el caso de demostrar su competencia ante las dos instancias una candidatura puede tener acceso a la función pública como profesorado de Religión. Así mismo, la Administración Educativa debe asegurar por su parte que este profesorado debidamente homologado disponga de unas condiciones laborales y salariales similares a las del resto de los componentes de los claustros docentes.

En cuanto al profesorado de Religión No Confesional, encomendar, sin más esta asignatura, al profesorado de Ciencias Sociales o Filosofía sin haber recibido una preparación específica sería un acto de irresponsabilidad. Por tanto, consideramos conveniente que se estableciesen unos mínimos de competencia profesional para que los profesores de estas áreas se responsabilicen de la Religión No Confesional. Para ello se articularían cursos de habilitación específica para el profesorado en ejercicio, y un área propia en la formación inicial impartida en las Facultades Universitarias o en los Centros de Formación del Profesorado, definiendo los estudios conducentes a la obtención de un “Certificado en Ciencias de la Religión No Confesional”.
A modo de síntesis final, concluiríamos que la presencia de la religión en la escuela es un caso paradigmático de problemática educativa, que sobre la base de una realidad asentada en décadas anteriores obliga a un esfuerzo de innovación para prestar un óptimo servicio a la sociedad y a las familias de cada etapa histórica. Son condicionantes de peso la presencia curricular en formato de una asignatura confesional optativa y un núcleo significativo de profesorado especializado en condición precaria e inestable. En un sistema educativo que se re-escribiese desde cero, quizá fuera preferible una única área curricular troncal, común, no confesional, obligatoria, evaluable y computable que persiguiese objetivos cognitivos, actitudinales y afectivos de educación en valores éticos, impartida por especialistas en “Sociedad, Cultura y Religiones”, que se complementarse por voluntarias catequesis externas o incluso internas, pero optativas y en horario extraescolar, aunque fuesen programadas regularmente por centros escolares con ideario religioso.

Por último, la enseñanza de la(s) Religión(es) posee entre otras, una función de integración social, sobre todo en una sociedad multi-religiosa. Para ello serían necesarios unos pactos básicos de las Confesiones entre sí y con la Administración Educativa, orientados a la aceptación de principios comunes que garanticen la contribución de estas enseñanzas a la función integradora de la sociedad intercultural. El primer acuerdo iría orientado a garantizar dos objetivos: Primero, que todos los alumnos tengan la posibilidad de adquirir unos conocimientos mínimos de las religiones diferentes a la opción confesional cuyo currículo está siguiendo. Y, segundo, garantizar el ejercicio del diálogo y el intercambio entre alumnos de diferentes confesiones, y su participación en proyectos sociales comunes. Ello supondría, evidentemente, una renuncia expresa a cualquier planteamiento proselitista o apologético, aunque no excluye, naturalmente, la adecuada justificación racional de las propias opciones de fe. Cada Religión debe ser plenamente consciente de que la escuela es un espacio público compartido con el resto de las confesiones religiosas y con opciones agnósticas, donde se forma conjuntamente una comunidad escolar con creyentes de distintos credos y con quienes no profesan ninguna Religión.

Miembros de la Asociación de Profesorado http://www.irakasten.org/
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Eskola eta erlijioa

Mikel Agirregabiria / Pedro Pablo Arrinda
Erlijioaren irakaskuntzak bestelako estatutu eta helburuak ditu orain, LOCE Hezkuntza Kalitatearen Lege Organiko berria dela medio. Artikulu honetan, Rafael Artatxo irakasleak bildutako datuetan oinarriturik, aldaketa horiek aztertu ditugu eta Euskal Hezkuntza Sisteman erlijioaren irakaskuntza berritzeko bidea proposatzen dugu. Espainiako Estatuan, 25 urteko trantsizio politikoaren ondoren, erlijioaren irakasgaia konpondu gabeko kontu bat da. Francoren agintaldian, erlijio katolikoa guztiei nahi eta nahi ez erakutsi beharreko irakasgai bat izan zen. 1978ko Konstituzioak, aldiz, erlijio askatasuna funtsezko eskubidetzat jo zuen eta gurasoei seme-alaben heziketa erlijioso eta morala aukeratzeko askatasuna eman zien; Konstituzioak dio, gainera, eskubide horiek botere publikoek babestu behar dituztela (27.3 artikulua). Egoera hori zela, 1979ko urtarrilaren 3an, Estatuak eta Vatikanoak irakaskuntzari buruzko akordioak egin zituzten. Eta hiru kontu berri ekarri zituzten: 1.) Ikastetxe guztietan irakasgaia derrigorrezkoa izatea erabaki zuten, baina hautazkoa izan behar zuen ikasleentzat (edo haien familientzat), eta eskolan inor ez zen baztertu behar irakasgaiari heltzea edo muzin egitea erabakitzeagatik. 2.) Irakasleek ez zuten zertan erlijioa irakatsi. 3.) Eskolan erlijioa irakatsi beharreko irakasleak aukeratzeko eskubidea Elizari aitortu zitzaion. Akordio horiek, beraz, Erlijio katolikoaren ordezko irakasgai bat ekarri zuten, batetik, eta Elizak zuzenean aukeratutako irakasle sail bat, bestetik. Irakasleok, ustez, boluntarioak ziren, zeukaten titulazioa zeukatela katekisten artetik aukeratutakoak. Gerora, «boluntario» sail horretatik, kontratu berezia zuen irakasle talde bat sortu zen, Funtzio Publikoaren legeek ziotenaz bestera.

LOGSE legea etorri zen gero, baina ez zuen konpondu, ez modu itxurosoan behintzat, ez irakasleen kontua, ez erlijioa ikasketa planetan sartzekoa. Ikasketa planetan ez sartzeko, hiru argudio erabili ziren erlijioaren kontra: batetik, pribilegiozko egoera bat sortuko zen, Vatikanoaren eta Estatuaren arteko akordioek beste talde erlijiosoei aitortzen ez zietena aitortuko ziotelako talde jakin bati, Estatua ez baitzen konfesionala; bestetik, zenbait ikaslek (katolikoek) pribilegio hori izateko, gainerako ikasleak irakasgai bat gehiago izatera behartuko zituzten, Erlijioa edo haren ordezkoa izatera alegia, eta, azkenik, erlijioa ezin bide zen eskolako irakasgai hutsera ekarri, funtsean hori baino gehiago zelakoan. Hala, bada, LOCE legeak, bigarren xedapen gehigarrian, Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaia sortu du ikasle guztientzat, nahitaezkoa. Bi aukera daude, hala ere, horren barruan: irakaskuntza erlijioso konfesionala eta konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoa. Lehenengoan, sineste guztien erlijio eta moral ikastaroak ematen dituzte; bigarrenean, munduko kultura handien oinarri erlijiosoari buruzko programa bat lantzen dute.

Zer alde dago, beraz, oraingo legearean (LOCE) eta LOGSEren artean? Bateko, irakasgaiaren egitura bestelakoa da. LOCEk Gizartea, Kultura eta Erlijioa esparrua sortu du ikasketa planetan, eta sinestunak izan, sinesgabeak izan, guztientzat da nahitaezkoa irakasgaia. Konfesionala izan, konfesionalaz bestekoa izan, biak ikasketa plan beraren bi aukera dira. LOGSErekin, ikasle batzuek Erlijioa ikasten zuten; gainerakoek, aldiz, haren ordezko zerbait lantzen zuten. Besteko, Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaian ateratako notak ikaslearen eskola dosierrean ageri dira orain, izen horrekin. LOGSErekin, arestian aipatutako akordioei esker lantzen zen erlijioa; akordio horiek, ordea, erlijio katolikoari buruzkoak ziren bakarrik, baina LOGSEk beste erlijioak irakasteko ere baliatu zituen. LOCEren arabera, aldiz, erlijioarentzako tartea nahitaezkoa da, Konstituzioak hala aginduta; hala, herritarrek nahi duten heziketa erlijioso eta morala izateko modua egitera behartzen ditu Konstituzioak botere publikoak. Oinarri juridikoa, beraz, ez dago akordioetan, Konstituzioan bertan baizik.

Gure ustez, LOCEren arau sailak bi ahulgune ditu: irakasgaiaren ebaluazioa eta eskolak eman behar dituzten irakasleak, hain zuzen ere.

LOGSErekin, Erlijioa irakasgaitik kendu egin zituzten azterketak, 1979tik erlijioaren eskolako irakaskuntza mota eta kristau ikasbidea teorian, behintzat bat ez zirela jakin gabe. Azterketak kentzean, gure ustez, jakintza arlo horren irakasgai izaera ezabatu zuten, nolabait. Notak banatzeak irakaskuntzan jarraibideak eta arauak ezartzen laguntzen du. Horregatik, guk uste dugu irakasgai honen bi aukeretan azterketak egin behar direla eta gurasoei txostena bidali behar zaiela, gainerako irakasgaietan egin ohi den moduan. Baina, gure ustez, ez litzateke kontuan hartu behar eskola dosierrean sartzeko, bekak lortzeko eta Selektibitatearen ordezko Batxilergoko Proba Orokorra egiteko; izan ere, aukera konfesionala eta konfesionalaz bestekoa izanik eta konfesionalaren barruan hainbat erlijio izanik, ez da ziurtatzen irizpide zuzena erabiliko denik.
Horixe da Gizartea, Kultura eta Erlijioa irakasgaiak duen bigarren arazoa, irakasleena. Gaur egun horiek Espainiako Estatuaren eta erlijioen arteko akordioek diotenari jarraitzen diete, batez ere. Haien egoera juridikoa ez da bat; erlijio bakoitzaren baitan dago. Hala, ez da bera erlijio katolikoko irakasleen egoera eta judaismokoena, islamekoena eta ebanjelismokoena. Erlijio katolikoko irakasleak Eliza katolikoak proposatzen ditu urtero, eta haiek kontratu bidezko lotura izaten dute hezkuntza arloko administrazioarekin. Ondo iruditzen zaigu erlijioetako arduradunek ikasketa planean eskua sartzeko aukera izatea eta beren erlijioa irakatsi behar dutenak hautatzean eta haiei azterketak egitean zer esana izatea. Baina, eskolaren helburuak kontuan hartuta, aldi berean, exijitu egin beharra dago Estatuaren edo, zehatzago, hezkuntza alorreko eskumenak dituzten erkidego autonomoetako gobernuen ardura ere badela; ez alferrik, 1979koaren aldean, eskumen aldetik oso bestelakoa da hezkuntza arloko egoera. Beraz, Hezkuntza Administrazioak ezin dio muzin egin duen ardurari erlijio bakoitzeko buruekin azpikontratu modukoak eginez. Italian indarrean duten ereduari erreparatu eta hona ekartzea litzateke ardura hori partekatzeko modua: han, Erlijioa eta Morala irakasgaia emateko jantzita daudela erakutsi behar diete Erlijio irakasleek buru erlijiosoei; baina, aldi berean, eskolak emateko gai direla frogatu behar diete hezkuntza arloko buruei. Bi horiek frogatzen badituzte lor dezakete bakarrik irakasle postua. Era berean, Hezkuntza Administrazioak ziurtatu behar du irakasleok, behar bezala homologaturik, gainerako irakasleen pareko soldatak eta lan baldintzak dituztela.

Konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoko irakasleei dagokienez, arduragabekeria galanta da gaia erakusteko lana Gizarte Zientzietako eta Filosofiako irakasleen esku uztea prestakuntza berezia jaso ez badute. Hala, gure ustez, beharrezkoa da dagoeneko eskolak ematen dituzten eta irakasgaia eman nahi duten irakasleentzat propio ikastaro bereziak antolatzea, eta uste dugu, batetik, atal berezi bat sortu beharko litzatekeela irakasle eskoletan eta fakultateetan, ikasketak hasi bezain pronto irakasgaia lantzeko, eta, bestetik, konfesionalaz besteko irakaskuntza erlijiosoko nolabaiteko irakasle agiria ateratzeko aukera eman beharko litzatekeela, horretarako zen ikasi behar den zehaztuz.

Hezkuntza arloan arazo asko daude eta Erlijioaren kontua horren adibide argia da. Urteetan irakatsi izan da erlijioa, baina berritzeko ahaleginak egin beharra dago, unean uneko gizarteari, ikasleei eta gurasoei zerbitzu onena emango badie. Bi oztopo ditu, baina: bata, ikasketa planetan irakasgai konfesional bat izatea eta hori hautazkoa izatea; bestea, irakasle taldea nabarmena eta oso espezializatua izatea eta lan egoera kaskarrean egotea. Beharbada, hobe izango litzateke ikasle guztientzat irakasgai bakarra jartzea eta hura konfesionala ez izatea, nahitaezkoa izatea, azterketak egitea eta eskola dosierrean kontuan hartzea, baina ikasitakoa balio etikoetan oinarritua egotea, eskolak Gizarteak, Kulturak eta Erlijioak sailean jantzitako irakasleek ematea eta, hala nahi dutenentzat, eskola horiek eskolaz kanpoko orduetan kristau ikasbideko kanpoko edo barruko boluntarioek osatzea.

Erlijio(ar)en irakaskuntzak herritarrak erlijio anitzeko gizartean integratzeko zeregina dauka, besteak beste. Horretarako, ezinbestekoa da erlijioek beren artean eta Hezkuntza Administrazioarekin oinarrizko itun bat egitea, eta itun horrek kultura anitzeko gizartearen funtzio integratzailea bermatuko duen irakaskuntza ekarriko duten oinarri komunak onartzeko behar luke izan. Hala, ikasle guztiek beste erlijioei buruz oinarrizkoa ikasiko lukete eta erlijioen arteko hartu-emanak ziurtatuko lirateke. Noski, horrek eskolako guztien ikasketa planean proposamen proselitistak egiteari uztea ekarriko luke. Erlijio bakoitzak jakin behar du eskola denontzako lekua dela eta gainerako erlijioekin eta aukera agnostikoekin partekatu beharrekoa dela, hau da, bertan elkarrekin eskola komunitatea osatzen dutela suerte guztietako sinestunek eta inolako erlijiori jarraitzen ez diotenek.

23-F, con F de Fachas

El reciente reportaje emitido por el Antena 3 sobre el 23-F nos ha permitido revivir nuestros recuerdos de aquellos acontecimientos. Las conversaciones telefónicas que el fantoche de opereta García Carrés mantuvo con Tejero y con Miláns del Bosch nos retrotraen al estilo cuartelero con sus abundantes ‘co*ones, co*os y por España’. Sus grotescos diálogos no debían ser de tan trasnochado patrioterismo cuando prácticamente todos los participantes en tan espeluznante ‘hazaña’ salieron de ‘rositas’. Todavía un guardia civil que intervino en el golpe y presente en el plató de A3 comentó que Tejero, aparte de dos incidentes aislados –Operación Galaxia y el 23F- tenía un historial envidiable. Con ese argumento se podría discurrir que Hitler, antes de provocar esa guerra mundial con 150 millones de muertos, fue un admirable bohemio amante del arte. 

En aquella aciaga tarde-noche de tricornios y de vergüenza ajena, muchos que habíamos cumplido obligatoriamente el servicio militar nos preguntábamos qué tipo de disciplina seguían aquellos asaltantes que apuntaban con sus armas a la representación popular, y qué tipo de cultura política vivíamos (y vivimos) que les exculpó porque actuaban a las órdenes de un mando, ante todo el gobierno, el congreso, y la cúpula militar. Allí nadie demostró verdadero patriotismo defendiendo con su vida la democracia, ni los guardaespaldas ni algún verdadero miembro de la Benemética que se opusiese a lo planeado y por inteligencia y valentía –al menos- desertase. Quiero pensar que la mayoría de nosotros nunca entendimos, no ya que tres fascistas montasen ese circo, sino que una nutrida troupe les siguiese, porque no se nos ocurriría ni secuestrar a parlamentarios, ni retener a persona alguna contra su voluntad, sólo porque nos lo ordene un impresentable déspota en nombre de… España o de lo que sea. Porque creemos en la responsabilidad personal que debe ajustarse a valores como democracia, ética, libertad, derechos humanos, respeto a la voluntad popular,…

Adelanto alentado


Sgeún un etsduio de una uivenrsdiad ignlsea y ldíeo en la red, no ipmotra el odren en el que las ltears etásn ersciats, con la úicna cnióicdn ipormtnate de que la pmrirea y la útlima ltera etsén ecsritas en la psiócion cocrrtea. El rsteo peuden estar ttaolmntee mal y aun poráds lere un txteo sin pobrleams. Etso es pquore no lemeos cada ltera por sí msima, snio que la paalrba es un tdoo.

Pesornamelnte me preace pefanetmetcre plobise, si bein un crítico crítico pirado, rápido, retraído y retirado sin prejuicio de perjuicio y a pernil pinrel con el crédito de un cerdito pdoíra planimetrar un código cogido y reimplantar un preludio repulido de retórica rectoría cmoo un perfecto prefecto de perito prieto. Mientras mentiras cmoo etsas son sonata de sotana o sonar a sorna, el piropo propio de estirado estriado es perdonable y ponderable si drevia del valor de volar o referir sin refreír.

De los motodés de luctera ripáda tavodía hay uno más romendecable: la foto-lectura que iternrepta de una spmile oajeda tdoa una pigána. Asejaconble praa tdoa genérica gerencia aparecida y apreciada, calmada y clamada praa concertar y concretar y colmar el clamor discreto y descrito.

La asignatura prohibida

Se tiene noticia de que un sistema educativo de nuestro entorno va a prohibir en toda la enseñanza obligatoria la enseñanza del idioma internacional más importante de nuestro tiempo. Un derecho básico del alumnado será obstaculizado, impidiendo la alfabetización plena de la ciudadanía contemporánea, en contra del deseo mayoritario de las familias.

Resultaría increíble que una administración educativa competente del siglo XXI considerase que prohibir expresamente la asignatura de inglés como materia independiente fuese el mejor método para que nuestra juventud supiese hablar y escribir bien en este lenguaje universal, al tiempo que aprovechase ese dominio para el aprendizaje de las restantes áreas curriculares. Imaginemos que simplemente recomendasen el uso trasversal de vocabulario anglosajón en las demás disciplinas, añadiesen un par de capítulos de inglés a la asignatura 'Lengua Castellana' y sugirieran al profesorado que se interesase por la lengua de Shakespeare para que su conocimiento fuese calando en sus alumnos. Para reforzar todo esto los profesores especializados y titulados en inglés serían los menos preferentes para ser contratados porque se les orientase exclusivamente hacia la docencia en academias privadas, donde impartiesen clases complementarias a quienes deseasen aprender esta lengua, que deberían pagar por tan esencial asignatura.

Aunque sea de escándalo esto es exactamente lo que sucede con el sistema educativo donde están nuestros hijos. La ciencia en cuestión no es el inglés, sino la informática, materia instrumental reconocida en los países más avanzados como recurso básico e indispensable para todo el alumnado, donde se considera asignatura obligatoria en enseñanza primaria y secundaria y donde reclutan urgentemente expertos titulados para responsabilizarse de su docencia. Sin embargo, para nuestra administración educativa la Informática, mejor definida como TIC -Tecnologías de la Información y de la Comunicación-, debe subsumirse en la asignatura de Tecnología, materia cuyo programa se retuerce y donde ha desembarcado un profesorado de origen diverso con un insuficiente conocimiento de las TICs y de su incalculable aplicación educativa.

Un sistema educativo moderno en la era digital mide su calidad y excelencia por muy diversos parámetros, como nuestro insuficiente ratio de equipos informáticos por aula, pero sobre todo por el reconocimiento y presencia curricular de las nuevas tecnologías informáticas y telemáticas (que la reciente LOCE –Ley Orgánica de Calidad Educativa- empeora aún más que la ya precaria situación de la LOGSE) y por el porcentaje de profesorado licenciado o diplomado en Informática (inferior al 1%, y que probablemente podría ofrecer un mejor soporte técnico en los propios centros que el meritorio profesorado –mayoritariamente de letras- reconvertido con un abreviado cursillo sin ninguna evaluación, ni previa ni final).

Monumentos tumbados

Vivo y disfruto de un municipio turístico como es Getxo, en el País Vasco muy cerca de Bilbao. Un creciente turismo de calidad lo visita con intereses culturales por sus monumentos reconocidos y su variada arquitectura distribuida en un privilegiado urbanismo costero. El referente turístico principal es el Puente Colgante de Bizkaia, el primer Puente Transbordador del mundo y de gran similitud constructiva con la Torre Eiffel, debido a la amistad personal entre sus constructores -Eiffel y Palacio-, a la que iguala en grandiosidad y supera en utilidad cotidiana.

Los turistas deambulan por los alrededores del Puente Colgante, sin apreciar un monumento aún más admirable pero menos espectacular porque no se erige sobre las aguas de la ría Ibaizabal (o Nervión), sino que aparentemente apenas sirve de pavimento para paseo de viandantes. Se trata del Muelle de Churruca en Portugalete (enfrente del monumento, y al otro lado de la ría), que venció la temible barra de arena de posición variable que hacía imposible la navegación en épocas de temporal, y llegó a paralizar toda la floreciente industria de Bizkaia en 1875. Evaristo Churruca tras estudiar detenidamente a base de continuas mediciones de vientos, mareas, corrientes y aluviones del río, inició la obra del muelle de hierro en 1881. Se trataba de prolongar el muelle con 800 metros y una ligera curvatura hacia el norte para favorecer la tendencia natural de la corriente y ayudar a ésta a abrir un cauce suficiente en la barra. Así logró un cauce profundo que permitió la entrada de barcos de 25 pies de calado (hasta entonces encallaban los de 13 pies), con lo que pudieron llegar hasta el mismo Bilbao buques de 300 pies de eslora y 20 pies de calado. Además conjuró el peligro histórico de las inundaciones producidas frecuentemente en la Villa bilbaína. Al triplicarse el tonelaje medio de los barcos, los fletes se redujeron, y el tonelaje de importación y exportación se cuadruplicó. Esta gigantesca obra apenas denota el esfuerzo constructivo porque mayoritariamente queda sumergida. A pesar de sus enormes dimensiones, añade a la belleza de un paisaje natural marítimo hasta entonces intacto la contribución de una ingeniería respetuosa que, en términos modernos, podría calificarse de integradora y minimalista. Representa la iniciativa y dinamismo de la sociedad civil vasca de su época. Recientemente el Ayuntamiento de Getxo ha embellecido toda la jardinería y mobiliario urbano del Muelle getxoztarra, y sólo cabe añadir algún panel informativo junto al elegante conjunto escultórico dedicado al ingeniero Churruca, construido por M. G. de Salazar en 1939 y donde se representa alegóricamente la lucha de titanes entre la tierra y el mar (neptuno).

Ahora que Getxo quiere comprometerse como la “Ciudad de la Convivencia”, el conjunto monumental y el propio muelle recuerda a los “monumentos invisibles” del escultor alemán Jochen Gerz, que se erigieron por encargo de poblaciones víctimas de las guerras y en los que “no hay nada para ver”, representando la culminación de la desgarradura imaginaria característica de la obra de arte moderna, y que podría rememorar en el futuro el padecimiento vivido en Euskadi por causa de la violencia. Todo ello podría ser auspiciado por la UNESCO como un proyecto de los denominados "Polos de la Paz", que envían un mensaje de paz a la humanidad educando en un espíritu de paz y armonía.

Las personas también somos como los monumentos. Se ve más y mejor a quienes se alzan sobre altos pedestales y son visibles desde la distancia. Pero seguramente las mejores espíritus corresponden a las personas tumbadas y yacentes, quizá enfermas o convalecientes pero nunca derrotadas, porque la utilidad y el valor de un alma no se determina por la posición de su cuerpo.

[Homenaje a Luis Mari Guinea, hasta que recupere toda su vitalidad.]

Invento anti-telebasura

Muchos hemos redescubierto un antiguo remedio contra los incontables programas de tele-basura. Se trata de un objeto decodificador de ideas en forma de paralelepípedo, de coste muy asequible, que no necesita pilas y que se coloca delante de los ojos. De fácil manejo digital hasta por niños de corta edad, existen numerosos modelos y formatos distintos, más grandes o pequeños en el mercado.

Algunas marcas muy recomendables de garantía reconocida son: Antoine de Saint Exúpery, Bernardo Atxaga, Miguel de Cervantes, William Shakespeare, Gabriel García Marquez, Federico García Lorca, Mark Twain, Lewis Carroll, J. J. Tolkien, J.K Rowling. Cuidado con el abuso, puede generar una incurable adicción a la cultura.

Aristocrática familia

Cada mañana nuestra primogénita es despertada por su doncella, que le prepara el baño mientras el cocinero dispone su desayuno. Tras vestirse con ayuda de su asistente, comunica al ama de llaves su jornada y es conducida por el chofer a la universidad. El benjamín duerme hasta que se levanta malhumorado reclamando su desayuno que, con presteza, se lo facilita la cocinera, mientras el contable le facilita el dinero que reclame y verifica que su móvil esté operativo. Toda la servidumbre queda a la espera de recibir alguna llamada para satisfacer sus necesidades, tales como acercarles unos libros o recoger alguna prenda sobrante. Sus aposentos individuales son ordenados y limpiados inmediatamente y tras salir de sus respectivos cuartos de baño siempre algún criado comprueba y restablece el debido orden de todos los elementos. Ambos jóvenes disponen de tutores especializados en sus estudios, con plena dedicación cuando son solicitados, la mayoría de los casos tardíamente no pudiendo impedir el suspenso que sus patronos les atribuyen. Igualmente los sustos de seguridad o los problemas de salud son responsabilidad de sus guardaespaldas y de sus médicos, a pesar de que los señorcitos no atiendan las recomendaciones sobre horarios nocturnos o ropa de abrigo.

A todo este séquito no se le paga nada, a pesar de su dedicación de 24 horas los 365 días al año, siendo culpable de cualquier error que cometan los amos por no haberlo previsto con antelación. Los sirvientes realmente quieren a sus jefes y se preocupan sinceramente de todo lo concerniente al presente y futuro de sus dueños, aunque casi no reciben de ellos muestras de cariño. En nuestra sociedad es una situación frecuente e injusta, con nuevos ricos comportándose como multimillonarios ante indigentes servidores que deben solícitamente gastar sus ahorros en los caprichos de sus señores. A los lacayos, a pesar de que acumulan múltiples tareas que sobrecargan su existencia, ni se les llama por su nombre: se convoca a todo el servicio voceando simplemente “mamá” y “papá”.

Moraleja:
“Si a los hijos que viven arriba,
los padres que habitamos abajo
no les educamos en la vida,
cabe esperar el gran batacazo”.

Balas verdes

Nos ha tocado vivir en lo que el poeta Rimbaud definió como "el tiempo de los asesinos", donde es noticia que el Pentágono quiera fabricar balas sin plomo para matar sin contaminar.

Apelando a razones económicas-ecológicas, que parecen pesar más que las éticas, ¿por qué no inventa alguien algo para que no le maten a uno, aunque sólo sea por el coste de la descontaminación ulterior provocada por el cadáver?